Libros


Busca todo lo que quieras en Invertirenbolsa.info con este buscador personalizado de Google:
Búsqueda personalizada

Interactive Brokers (IB)

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes
  • thepajaro
    Member
    • dic
    • 75

    Las compras en UK incluyen además de la comisión, el impuesto de la reina, del 0,5%. Puede ser eso lo que te despista?

    Comentario

    • joker69
      Member
      • abr
      • 198

      Originalmente publicado por thepajaro Ver Mensaje
      Las compras en UK incluyen además de la comisión, el impuesto de la reina, del 0,5%. Puede ser eso lo que te despista?
      Pues si el impuesto te aparece en el mismo concepto de comisión tiene que ser eso. Porque haciendo cuentas tiene senrido.

      Pensaba que ese impuesto te lo cobraban a final de mes y de manera independiente.

      Gracias

      Comentario

      • Coust
        Member
        • sep
        • 462

        Buenos días, he abierto este broker hace 1 mes más o menos y aún sigo adaptándome a él, tengo un par de dudas al respecto. He estado buscando por el hilo a ver si estaba respondidas y no las he encontrado, aunque es difícil encontrar algo en un hilo de 128 páginas y google tampoco me ha ayudado mucho, así que lo pregunto y disculpad si se ha respondido antes:

        1- He estado pelándome bastante para poder sacar el tipo de cambio que se aplica a las operaciones para tenerlo de forma desglosada por operación, al final he tenido que hacerme una flex query de actividad para poder sacarlo por operación. He visto que en los informes de actividad de operaciones predefinidos sale un total en euros y que se podría sacar el tipo de cambio de allí, pero no parece estar desglosado por operación sino que te da solamente un total, así que a menos que tengas sólo una operación y saques sólo el informe diario de ese dia, no hay forma de tener el tipo de cambio por operación y mi idea era sacar un informe mensual con todo y no tener que estar sacando informes de compra individuales. Quizá se me ha pasado y el tipo de cambio viene en algún sitio en los informes predefinidos, alguien lo sabe?

        2- Esta pregunta va más en el sentido del seguimiento de la rentabilidad de la cartera y no es específico de IB sinó que aplicaría a cualquier broker multidivisa. Con ING o Degiro, al hacer una compra se me pasaban los euros a la divisa de forma automática y entonces la rentabilidad de la cartera en el futuro venía de la revalorización del activo + la divisa. Esto me estaba bien porqué no tenía que preocuparme mucho y la rentabilidad la calculaba como al valor actual en euros menos el valor inicial en euros, dividido todo entre el valor inicial en euros, esto me daba una imagen clara de la rentabilidad actual de la cartera. La rentabilidad total estaba muy clara, aunque estuviese contaminada por la divisa.

        Con un broker multidivisa, esto no es tan trivial, porqué el valor actual en euros sí que es algo que será real y fácil de calcular, pero el valor en euros inicial no lo veo tan trivial, porqué tu puedes cambiar euros a otra divisa el dia N y después comprar un activo con esta divisa el dia N+5000 (caso teórico). Esto en según que divisas puede provocar que la rentabilidad calculada como lo hacía antes no tenga nada que ver con la rentabilidad real, porqué el valor de la divisa respecto al euro puede haber fluctuado mucho. En ese caso el valor del activo está desacoplado del precio inicial en euros y del cambio de divisa el dia de compra, porqué el cambio de divisa se a hecho el dia N y la compra 5000 días después.

        Cómo calculáis correctamente la rentabilidad los que usáis este broker? O simplemente no os preocupáis de la fluctuación de la divisa suponiendo que será más o menos constante?

        Es posible que una forma sea tener las divisas como otro activo y se tenga que calculas la rentabilidad de éstas también, pero sinceramente, ya se complica bastante la gestión del excel con activos como para además tener que meter unos conceptos de efectivo en distintas divisas...

        Gracias por leer, a ver si alguien me puede echar un cable!

        Saludos!

        Comentario

        • orion220
          Member
          • mar
          • 377

          Hola Coust

          1: Yo me cree un informe personalizado en el que añadí el tipo de cambio. Pero el tipo de cambio es diario, hay que ir sacando el informe día a día,

          2: Yo personalmente no lo tengo en cuenta.

          El tema de la multidivisa. Tienes que llevar una contabilidad para las divisas distintas al euro (supongo que eres residente en España).

          http://www.invertirenbolsa.info/tu-patrimonio/cartera/orion220


          http://numismaticatorrejon.esy.es

          Comentario

          • Jose Saiyan
            Member
            • feb
            • 205

            Originalmente publicado por Coust Ver Mensaje
            Buenos días, he abierto este broker hace 1 mes más o menos y aún sigo adaptándome a él, tengo un par de dudas al respecto. He estado buscando por el hilo a ver si estaba respondidas y no las he encontrado, aunque es difícil encontrar algo en un hilo de 128 páginas y google tampoco me ha ayudado mucho, así que lo pregunto y disculpad si se ha respondido antes.......

            Saludos!
            1- Para saber el tipo de cambio, lo encontrarás fácilmente en los informes diarios, justo en la última o penúltima pestaña, con todos los tipos de cambio USB, GBP, etc

            2- No me preocupa mucho, yo simplemente voy haciendo las anotaciones en mi Excel con los cambios de divisa, dividendos cobrados y los precios de compra y venta de las acciones.

            Un saludo!

            Comentario

            • jesusanita
              Junior Member
              • sep
              • 5

              Buenas dias. Hace unas semanas me abri cuenta en IB y me gusto la plataforma y sobre todo porque me darán la opción de utilizar Proreal-Time aunque es de pago se puede amortizar con pocas operaciones, pero mi pregunta y mi duda es que este broker tan bueno y grande no tiene la opción de dejarnos operar con CDF en España ¿Es eso verdad ? ¿es una cosa transitoria ? Personalmente me parece un atraso ya que hay tantos broker que nos dejan operar con este producto y nos dejan aprovecharnos de sus bondades tanto fiscales como en operativa y apalancamiento.
              Editado por última vez por jesusanita; 22/11/2020, 18:40:26.

              Comentario

              • joker69
                Member
                • abr
                • 198

                Yo para el tipo de cambio saco el informe diario y anoto en mi hoja el cambio de esa compra.

                Por ej si compro 10 acciones a $20 en el informe me sale (sin comisiones para hacerlo mas sencillo) el total de compra $200 y en euros 180€. Simplemente divido en mi hoja los $/€ para saber el tipo de cambio que me han hecho ese día, q en este caso es $1= 1,1111€.

                Lo estoy haciendo así yo, no se si es lo correcto o no, por si alguien quiere corregirme.

                Para lo de la rentabilidad, lo que hago es anotar en esa misma hoja en 3 celdas distinas total d €, $ y libras x ejemplo. Y pasar todo a euros multiplicando las divisas distintas por el cambio actual a euros. Y sumo esas 3 celdas. Obviamente tengo todas las operaciones de compra anotadas en mi hoja y de ahi saco el sumatorio.

                Espero haberme explicado y que te sirva Coust

                Comentario

                • cannavera
                  Member
                  • ago
                  • 35

                  Hola, he estado buscando un poco y no me acaba de quedar claro, con IB se pueden comprar bitcoins? Ya tengo una cuenta con ING para acciones a LP pero me gustaría entrar también en este mercado y estoy buscando un broker que me de confianza y no estoy nada puesto cuando se salen de los que más escucho (ING, degiro, IB...) había leído algo de libertex pero tampoco estoy muy seguro, gracias y perdón si ya hay un tema sobre bitcoins pero no lo he encontrado

                  Comentario

                  • kevin01
                    Senior Member
                    • oct
                    • 1125

                    Buenas tardes,

                    Este es el nuevo Contrato de Clientes que Interactive Brokers nos va a obligar a aceptar si queremos migrar nuestra cuenta actual de IBUK a la subsidiaria que han creado en Luxemburgo como respuesta al Brexit antes del 31-12-2020 (IBLUX).

                    https://gdcdyn.interactivebrokers.co...ew?formdb=4469

                    Hay varias perlas en él que me gustaría dejar aquí en el foro por si entre todos podemos aclarar qué narices pretenden hacernos aceptar al migrar la cuenta a IBLUX, porque así, a primeras, me parecen bastante duras de aceptar.

                    PUNTO 3.1.1. HOLDING YOUR MONEY
                    El cash depositado en IBLUX, va a parar a una cuenta de uno o varios bancos (esto ya lo sabíamos) y se junta con el dinero de otros clientes de IBLUX a modo de "pool", separado de los fondos del propio broker. Si IBLUX quiebra y no hay dinero suficiente, el dinero que "queda" en el pool se repartiría prorateado entre el conjunto de clientes, sin poder reclamar la cantidad exacta que teníamos en el broker. En estas circunstancias, el contrato dice claramente que podríamos no recibir una cantidad igual a la que teníamos depositada.

                    PUNTO 3.1.2. HOLDING YOUR ASSETS
                    Pues aquí nos dice que nuestras acciones podrán ser depositadas en una subsidiaria de IBLUX u otra entidad no afiliada a IBLUX que actúe como sub-custodio, y que estos sub-custodios podrán mantener nuestras acciones en cuentas depositarias centrales o con otros sub-custodios, pero IBLUX no será responsable de sus actos ni omisiones, ni de su insolvencia o disolución y no aceptan responabilidad por las obligaciones de ningún sub-custodio.

                    Nos aclaran que estos sub-custodios pueden estar dentro o fuera de Luxemburgo y del Espacio Económico Europeo, y que en algunas jurisdicciones, las leyes locales pueden no permitir que nuestros activos sean separadamente diferenciables de los activos de IBLUX o los activos del sub-custodio, por lo que estamos ante un mayor riesgo de pérdida si el sub-custodio quiebra.

                    También nos hacen aceptar que IBLUX pueda depositar nuestros activos en una empresa tercera que no cumpla con las valoraciones internas de riesgo de IBLUX.

                    ¿De qué subcustodios están hablando? ¿Cuántos van a utilizar y en qué países estarán? ¿Estarán mis acciones disponibles a los acreedores del subcustodio en caso de que quiebre para ser liquidadas?

                    PUNTO 5.2.2. POSICIONES EN DIVISAS EXTRANJERAS
                    Si el cliente mantiene posiciones denominadas en divisas extranjeras, IBLUX calculará requerimientos de Margen aplicando los tipos de cambio de las divisas y aplicará "haircuts o cortes de pelo" para reflejar la posibilidad de fluctuaciones en los cambios de divisa. Los clientes deberemos monitorear en todo momento las posiciones denominadas en divisas extranjeras porque la fluctuación en las divisas y el valor de la posición subyacente pueden causar un deficit del margin.

                    Y me pregunto yo: ¿afectará esto a cualquier posición denominada en divisa extranjera o sólo a aquellas posiciones extranjeras que hayamos comprado con apalancamiento? La verdad es que está escrito de una forma que me genera todo tipo de suspicacias.

                    PUNTO QUE NO APARECE EN EL CONTRATO, PERO SI EN LAS FAQs
                    En el apartado 3 del Contrato de Cliente vemos en varias ocasiones cómo IBLUX se lava las manos en caso de quiebra (tanto la suya propia como la de los sub-custodios que pueda utilizar), pero en el contrato no dice nada de garantías, ni seguros, ni cómo recuperar el cash o las acciones que tenemos con ellos. En las FAQs sí que dicen lo siguiente, pero lo han omitido en el contrato.

                    Estas son las FAQs: https://ibkr.info/node/3544

                    En el punto 4 del aparatdo LEGAL, nos dicen que tanto nuestra posición de efectivo como nuestra posición de activos van a pasar a estar cubierta por el “Esquema de compensación para Inversores de Luxemburgo” una vez migremos a IBLUX, donde quedarían cubiertas nuestras acciones, bonos, futuros, opciones, etc., hasta un máximo de 20.000€, en lugar de los 500.000USD por persona que garantiza la SIPC (The Securities Investor Protection Corporation).
                    Editado por última vez por kevin01; 29/11/2020, 19:52:16.
                    "Los esclavizadores saben bien que mientras está el esclavo cantando a la libertad se consuela de su esclavitud y no piensa en romper sus cadenas" - Miguel de Unamuno.

                    Comentario

                    • yoe
                      Senior Member
                      • oct
                      • 6924

                      Kevin, sobre el punto 3.1.2. Estoy aprovechando para repasar el contrato de SB, y sinceramente, no parece que sea diferente lo que te dicen a lo que ofrece un broker español.

                      Mira esto:
                      Conocidos estos riesgos, el CLIENTE queda igualmente informado de que, conforme a la legislación española sobre protección de activos de clientes, SELF BANK no garantiza ni estará obligado a responder de la restitución de los valores en caso de producirse la quiebra o insolvencia de un subdepositario internacional, consistiendo su responsabilidad en relación con el uso de subdepositarios y cuentas globales en emplear (por sí o a través de un subdepositario designado) la diligencia debida en la evaluación, selección, contratación, mantenimiento y control de los subdepositarios internacionales, siguiendo para ello criterios y requisitos muy exigentes en materia de solvencia, riesgo operativo o legal y calidad de servicio, así como informar a sus clientes de forma clara, completa y comprensible de los riesgos que asumen como consecuencia de su decisión de contratar y depositar para su custodia en sus cuentas abiertas en SELF BANK valores extranjeros.
                      En cambio, para España, si se hacen responsables del custodio:

                      El CLIENTE autoriza expresamente a SELF BANK a encomendar a terceras entidades la custodia y administración de los valores e instrumentos financieros en cuentas individualizadas abiertas a nombre de cada CLIENTE. A la fecha de suscripción de este contrato, SELF BANK tiene encomendada a RBC INVESTOR SERVICES ESPAÑA S.A., la custodia y administración de valores. El CLIENTE autoriza expresamente a SELF BANK a abrir a su nombre cuentas de valores en esta entidad. En todo caso, SELF BANK asume frente al CLIENTE la responsabilidad derivada de dicha custodia y administración.
                      Lo que si hacen en el contrato es informarte de los custodios internacionales que utilizan y de su politica de ‘seleccion y vigilancia de custodios internacionales’.

                      Tratándose de una información prolija y cambiante en el tiempo (por el potencialmente elevado número de subdepositarios internacionales susceptibles de ser utilizados en función de las decisiones de inversión del CLIENTE), dando cumplimiento a la normativa vigente sobre protección de activos de clientes, SELF BANK pone a su disposición en el presente contrato tipo y en el documento “Política de Salvaguarda de Instrumentos Financieros” información completa, actualizada y precisa sobre la identidad, país de origen, (calificación crediticia, requisitos y normas sobre segregación de activos) y riesgos específicos derivados, en cada caso, del uso de cuentas globales de cada uno de los subdepositarios internacionales (instándole a que lo consulte y analice detenidamente antes de proceder a la contratación y depósito de valores extranjeros en su cuenta).
                      Dicha información puede ser consultada en: http:/www.selfbank.es
                      Asimismo, mediante Anexo a este contrato se identifican las entidades subdepositarias seleccionadas por SELF BANK para el mantenimiento de cuentas globales, con indicación del país, rating e identificación del titular de la cuenta y con mención expresa a la existencia de diferenciación entre los instrumentos financieros de los CLIENTES en poder del subdepositario seleccionado de aquellos de los que sea titular éste último, así como de los riesgos resultantes del depósito en cuentas globales.
                      SELF BANK no utilizará por cuenta de otros clientes los instrumentos financieros del CLIENTE ni establecerá acuerdos para operaciones de financiación de valores sobre dichos instrumentos sin la autorización expresa del CLIENTE en las condiciones legalmente previstas.
                      En cualquier caso, la responsabilidad te la trasladan a ti:

                      Si el CLIENTE no quisiera asumir estos posibles riesgos o el funcionamiento, en general, de las cuentas globales abiertas en subdepositarios, deberá abstenerse de operar con valores extranjeros que, como se explica más arriba, necesariamente implican la utilización de este tipo de cuentas.


                      Quiero decir, que me temo, que ese punto, siendo draconiano, no lo es mas de lo que puedes encontrar en un broker de aqui. Me temo que a lo maximo que puedes aspirar es a exigirles que te informen detalladamente de los custodios y las medidas de salvaguarda, pero poco mas.


                      Pd: y esto es ing. Es lo mismo;...
                      En cualquier caso, en relación con estos terceros, tanto presentes como futuros, ING no responderá de las pérdidas o perjuicios ocasionados como resultado de una situación concursal o de insolvencia del tercero. La responsabilidad de ING consistirá en ejercer la misma cautela que ejercería si se tratase de sus propios valores, actuando con la debida competencia, atención y diligencia en la selección de la entidad donde se depositen los valores e instrumentos financieros del cliente.
                      Editado por última vez por yoe; 29/11/2020, 21:03:13.

                      Comentario

                      • yoe
                        Senior Member
                        • oct
                        • 6924

                        Sobre el punto 3.1.1. Entiendo que IB no es una entidad de credito. Ignoro como lo hacian antes en UK, pero no pueden estar cubiertos por el fondo de garantia de depositos que haya en Luxemburgo, pues no son bancos. ¿Como lo hacia antes en UK?

                        Yo creo que aqui la clave es que no se puede utilizar IB para guardar dinero. Tiene que haber el justo para la operativa y asumir el riesgo que si IB la caga con el banco depositario, ese dinero se pierde.

                        Comentario

                        • kevin01
                          Senior Member
                          • oct
                          • 1125

                          Te agradezco la atención a este asunto Yoe.

                          Originalmente publicado por yoe Ver Mensaje
                          Sobre el punto 3.1.1. Entiendo que IB no es una entidad de credito. Ignoro como lo hacian antes en UK, pero no pueden estar cubiertos por el fondo de garantia de depositos que haya en Luxemburgo, pues no son bancos. ¿Como lo hacia antes en UK?
                          De la misma forma. En IBUK incluyen una cláusula que dice que si depositan el cash en una entidad fuera de UK o la EEA, tus derechos pueden ser diferentes a los que tendríamos si el cash estuviera depositado en una cuenta en UK, donde aplicaría el UK Financial Services Compensation Scheme. El problema es que en el contrato que aceptamos no especifíca en qué entidad bancaria lo depositan. Recuerdo no obstante las entidades donde dejaban el cash de los clientes:

                          Aquí el contrato actual con IBUK: https://gdcdyn.interactivebrokers.co...ew?formdb=3066

                          3.1.2.5. "Where your money is held in a credit institution or bank outside the United Kingdom or the European Economic Area (“EEA”), to the extent permitted by the CASS Regulations, the legal and regulatory regime applying to such credit institution or bank may differ to that applicable in the UK or the EEA and your rights in relation to that credit institution may be treated differently to the way it would be treated if it were held in the United Kingdom and the UK Financial Services Compensation Scheme does not apply."

                          Recuperando la información del hilo del Modelo 720, las entidades a donde transferimos actualmente el cash son las siguientes:

                          SI TRANSFERIMOS EUROS (cuenta alemana): CITIGROUP GLOBAL MARKETS DEUTSCHLAND AG UND CO KGAA
                          SI TRANSFERIMOS GBP (cuenta inglesa): Citibank N.A. London
                          SI TRANSFERIMOS USD (cuenta americana): Citibank N.A.
                          SI TRANSFERIMOS SEK (cuenta sueca): SKANDINAVISKA ENSKILDA BANKEN

                          Yo lo entiendo así: en caso de que alguna de esas entidades bancarias quiebre, se aplicarían los mecanismos de garantía de cada país en cuestión. El problema aquí es que dichas cuentas están a nombre de IBUK, por lo que tengo la impresión, después de leer las cláusuals, que dichas garantías cubrirían a IBUK como cliente único, con los límites establecidos para cada cliente bajo cada esquema de garantía de cada país, pero no el cash de cada cliente de IBUK/IBLUX. De ahí que IBUK y IBLUX digan en sus contratos que del dinero que se recuperase en caso de una posible quiebra de la entidad bancaria, cada cliente de IB recibiría, de forma prorateada, la parte que le correspondiese de lo que IBUK/IBLUX pudiera llegar a recuperar.

                          Originalmente publicado por yoe Ver Mensaje
                          Yo creo que aqui la clave es que no se puede utilizar IB para guardar dinero. Tiene que haber el justo para la operativa y asumir el riesgo que si IB la caga con el banco depositario, ese dinero se pierde.
                          Estoy de acuerdo.



                          "Los esclavizadores saben bien que mientras está el esclavo cantando a la libertad se consuela de su esclavitud y no piensa en romper sus cadenas" - Miguel de Unamuno.

                          Comentario

                          • yoe
                            Senior Member
                            • oct
                            • 6924

                            buenas. No lo podria asegurar, pero asumo lo mismo que tu: al ser una cuenta deposito a nombre de IB, la garantia aplicara a IB. Imagina que estuviera en España. serian 100k :-)

                            Asi que en cualquier caso, creo que habria que dar el dinero por perdido. Has mirado lo que pone en DeGiro? Intuyo que te vas a encontrar algo parecido. Seguramente los que manejamos brokers de bancos no hemos visto ese problema porque los depositos estan garantizados por el FROB, pero para los brokers puros, intuyo que va a ocurrir siempre eso.

                            No se,... Comparalo con otros brokers que den los servicios que buscas, pero si no son bancos, me da que el problema va a ser el mismo.

                            Suerte!

                            Comentario

                            • yoe
                              Senior Member
                              • oct
                              • 6924

                              Respecto a los depositarios, en SB nos pone la entidad y el rating crediticio. En general no creo que en IB tengan incentivo a contratar depositarios extraños (su credibilidad esta en juego), pero ciertamente todos trasladan la responsabilidad al cliente.

                              La diferencia, en que en un broker español las acciones nacionales si te responden por el custodio, mientras que IB al considerarlas extranjeras, seguramente no. Asi que tal vez una estrategia de diversificacion del riesgo seria tomar un broker español (o banco español con derivados) para acciones españolas e IB para las extranjeras.

                              De tal manera que las nacionales las tengas mas cubiertas, y las internacionales (que no las tendrias cubiertas ni aqui ni en IB) las sigas manteniendo en IB.

                              En fin, no se. Son ideas.

                              Comentario

                              • Invertirenbolsa
                                Administrator
                                • feb
                                • 30755

                                Hola,

                                Vamos a ver esos cambios.

                                El más fácil es el 5.2.2. Esto es si te apalancas, sí. Supongamos que alguien tiene 1.000 euros en su cuenta, y compra futuros, de forma que en un momento dado le piden unas garantías de 1.000 euros. Si el mercado se moviese 1 céntimo en contra, ese cliente ya estaría en deuda con el broker, y el broker empezaría a tener un problemas. Así que los brokers no dejan que se llegue a esa situación, y en los contratos se reservan el derecho de cerrar las posiciones apalancadas de sus clientes en cualquier momento por ese motivo. Por ejemplo, en el caso anterior si al cliente legasen a pedirle unas garantías de 900 euros el broker podría cerrarles la operación. No ponen un límite automático porque normalmente lo hablan con los clientes, para ver si van a meter más dinero en la cuenta, etc. Por eso no ponen algo así como "si las garantías llegan a suponer un 90% del dinero que tenga el cliente, se le cerrará la posición". Porque los brokers en esas situación quieren no correr riesgos con esas operaciones, pero también mantener a esos clientes.

                                Y lo que dice sobre las divisas es que se añaden al cálculo de riesgos, y eso es lógico. No es lo mismo tener 1.000 euros en la cuenta y que te pidan unas garantías de 900 euros que que te pidan unas garantías de X dólares, que en este instante sean 900 euros. Porque en este segundo caso dentro de 1 segundo se pueden mover en contra del cliente tanto el activo (el SP, opciones de Coca Cola, etc), como el cambio euro dólar.

                                Así que el punto 5.2.2 lo veo muy correcto, y es igual en todos los brokers.


                                3.1.1. Esto tiene que ver con lo dice yoe. No es que digan que si quiebra uno de los bancos en que depositan el dinero vayas a perder todo el dinero, sino que lo más probable es que no lo pierdas, pero si por algún caso pasa a ellos no les puedes reclamar. Esto pasó con los clientes de derivados del Banco Madrid. Al final recuperaron su dinero, pero les costó. Es un riesgo bajo, pero lo hay. Tener en IB una cantidad de dinero pequeña, como dice yoe, soluciona este problema. Y realmente es que no hace falta tener cantidades de dinero importantes en IB.

                                3.1.2. Este punto es el más complicado, y creo que para entenderlo mejor debemos ver que IB es un broker mucho más complicado de lo normal (en cuanto a los productos que ofrece). Es decir, en IB se pueden comprar muchas más "cosas" que en la mayoría de los brokers. Eso es una ventaja, pero también supone más recovecos legales para algunas cosas.


                                Lo normal en los brokers es tener contratos como el que pone yoe de SB, donde te dicen exactamente qué custodio usan en cada mercado, con su rating y demás. Por ejemplo "Para EEUU usamos JP Morga, para los mercados de Euronex a BNP Paribas, etc"

                                Lo que pasa es que en IB lo mismo se pueden comprar acciones de EEUU o Alemania, como en todos los demás brokers, que warrants en Hong Kong, productos estructurados en India, etc. Y todo esto ya es mucho más complicado desde el punto de vista legal. Porque ese warrant o productos estructurado extraño en un país asiático tendrá una "cadena" de entidades (el banco que lo emite, donde deposita el dinero, y las garantías, y de los derivados, etc" que probablemente en algunos casos será muy complicada de seguir, y si quiebra el banco que emitió ese warrant en Hong Kong sobre una empresa de Thailandia o de Sudáfrica (por decir algo) pueden estar implicadas las leyes de bastantes países.

                                Yo imagino que para las acciones de EEUU o Europa IB hará algo muy parecido a los demás brokers. Pero todos esos productos mucho más complejos y variados estoy seguro de que legalmente son un "buen lío".

                                Pienso que para acciones de EEUU o Europa IB es igual de seguro que otros brokers similares, pero que si se compran un warrant en un país asiático sobre una empresa africana, entonces lo arriesgado desde el punto de vista legal en caso de problemas es ese producto, con toda la "cadena" de entidades que participarán en algo así.


                                Y poner en el contrato que no se van a prestar las acciones, como poner yoe de IB me parece muy importante. Es más, creo que debería ser obligatorio que todos los brokers lo pusieran (si las prestan, o si no las prestan). La mayoría no las prestan (porque, de hecho, de donde más acciones sacan prestadas los hedge fund y similares es de los fondos de inversión, ETFs, planes de pensiones, y similares).


                                Saludos.


                                Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

                                "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
                                "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
                                "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
                                "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
                                "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
                                "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
                                "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
                                "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
                                Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
                                "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
                                "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
                                "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
                                "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
                                "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
                                "Libros para aprender idiomas con historias (storytelling)"

                                Gregorio Hernández Jiménez en Youtube
                                Gregorio Hernández Jiménez en Twitter
                                Gregorio Hernández Jiménez en Instagram
                                Gregorio Hernández Jiménez en Facebook

                                Comentario

                                • kevin01
                                  Senior Member
                                  • oct
                                  • 1125

                                  Originalmente publicado por yoe Ver Mensaje
                                  Respecto a los depositarios, en SB nos pone la entidad y el rating crediticio. En general no creo que en IB tengan incentivo a contratar depositarios extraños (su credibilidad esta en juego), pero ciertamente todos trasladan la responsabilidad al cliente.
                                  Claro que no tienen incentivo Yoe, pero lo normal sería que nos mostrasen un tablita sencillita de las de toda la vida con sus columnas y filas con los nombres de los custodios y subcustodios que van a utilizar en IBLUX por producto y región como hace SB. Si nos dan el rating eso ya sería la leche. Pero al igual que entiendo que no tengan incentivo para contratar depositarios extraños, me toca las narices que nos obliguen a aceptar que puedan hacerlo en un momento dado. El punto 3.1.2.5 es demoledor: "You expressly consent and authorise us to deposit your assets with a specific third party that does not meet IBLUX´s internal risk assessment". De traca. ¿De qué activos y en qué regiones están hablando en este punto? La verdad es que así, tal cual escrito, me parece una cláusula absurda que no debería formar parte de este contrato por abusiva. ¿Cómo vamos a aceptar que depositen nuestras acciones en un subcustodio que no cumple con las normas/valoraciones de riesgo que hace internamente el mismo bróker cuando un par de punto más arriba nos dicen que IB actuará con cuidado, diligencia y habilidad a la hora de seleccionar y revisar a los subcustodios? ¿Dónde está el cuidado y la diligencia si nos obligan a aceptar cualquier subcustodio que les venga en gana? No lo veo nada claro, la verdad.

                                  Como dice Goyo, seguramente ésta sea una cláusula tipo "recoveco" que necesiten para contratar un subcustodio para productos concretos de regiones concretas donde no puedan garantizar que el subcustodio cumple con todos los parámetros exigidos habitualmente por IB, pero ya podrían explicarlo así, sencillamente, para que los pobres ignorantes como yo lo podamos entender sin cagarnos en los pantalones.

                                  "Los esclavizadores saben bien que mientras está el esclavo cantando a la libertad se consuela de su esclavitud y no piensa en romper sus cadenas" - Miguel de Unamuno.

                                  Comentario

                                  • yoe
                                    Senior Member
                                    • oct
                                    • 6924

                                    La verdad que intranquiliza ese punto. Tal vez sea lo que comenta Gregorio. Igual puedes ponerte en contacto con ellos y te pueden incluir en el contrato los custodios que utilizaran para acciones americanas y europeas.

                                    Si es lo que comenta Gregorio no deberian tener mayor problema, pues los custodios ‘exoticos’ los necesitaran para los productos ‘exoticos’.

                                    Otra cosa es que accedan a personalizarte el contrato,....

                                    Comentario

                                    • kevin01
                                      Senior Member
                                      • oct
                                      • 1125

                                      Originalmente publicado por Invertirenbolsa Ver Mensaje
                                      Hola,

                                      Vamos a ver esos cambios.
                                      Gracias Goyo de nuevo.
                                      "Los esclavizadores saben bien que mientras está el esclavo cantando a la libertad se consuela de su esclavitud y no piensa en romper sus cadenas" - Miguel de Unamuno.

                                      Comentario

                                      • kevin01
                                        Senior Member
                                        • oct
                                        • 1125

                                        Originalmente publicado por Invertirenbolsa Ver Mensaje
                                        Hola,

                                        3.1.2. Este punto es el más complicado, y creo que para entenderlo mejor debemos ver que IB es un broker mucho más complicado de lo normal (en cuanto a los productos que ofrece). Es decir, en IB se pueden comprar muchas más "cosas" que en la mayoría de los brokers. Eso es una ventaja, pero también supone más recovecos legales para algunas cosas.


                                        Lo normal en los brokers es tener contratos como el que pone yoe de SB, donde te dicen exactamente qué custodio usan en cada mercado, con su rating y demás. Por ejemplo "Para EEUU usamos JP Morga, para los mercados de Euronex a BNP Paribas, etc"
                                        Viéndolo como lo ves tú nos quedamos más tranquilos, pero nos queda un sabor de boca bastante amargo por lo mal descrito que está el contrato en general y por las lagunillas que nos introducen. La verdad es que no hemos sido los únicos que con este cambio a IBLUX nos hemos mirado de nuevo el contrato con lupa. En concreto, nos sorprende muchísimo el tema de la falta de responsabilidad del broker en caso de quiebra del custodio o subcustodio, aunque parece ser una práctica habitual entre los brokers escribir este tipo de clausula en sus contratos con sus clientes.

                                        El siguiente enlace explica el problema bastante bien y cómo intentan actuar habitualmente los brokers en este aspecto: https://jollycontrarian.com/index.ph...=Sub-custodian

                                        Explican que tanto los Custodios como el Depositario intentarán por todos los medios lavarse las manos ante el riesgo de quiebra de su red de custodia, y aunque dichos riesgos deberían ser realmente pequeños (a no ser que el subcustodio esté en una jurisdicción extraña), no debería pasar nunca que el subcustodio se aprovechase de los activos que salvaguarda y debería tenerlos segregados de sus propios activos y éstos mantenerse a nombre de su cliente en todo momento de manera que fueran devueltos a su legítimo cliente en el caso de la quiebra del custodio/subcustodio.

                                        También explica lo que tú decías de las jurisdicciones "raras", donde por ley local o condiciones del mercado local, si un subcustodio quiebra uno podría no llegar a poder aislar los activos bajo custodia y ahí es donde tenemos un gran riesgo que el cliente debe saber gestionar antes de meterse a trabajar con ese subcustodio. El problema para nosotros con IBLUX es que no sabemos cuales son esas jurisdicciones "raras" ni quienes son los subcustodios que puedan suponer un riesgo real para nuestros activos. Sólo nos cuelan de que podrán trabajar con ellos aún no cumpliendo sus normas internas de valoración de riesgos.

                                        Entendemos que es el broker el que debe ser diligente y competente a la hora de elegir donde se depositan los activos de sus clientes y nosotros tener la capacidad de decidir si queremos o no trabajar con el custodio o subcustodio X, Y, Z, por lo que encuentro tremendamente contradictorio y abusivo que por un lado nos digan que actúan con diligencia, cuidado y habilidad a la hora de elegir y controlar al custodio/s y subcustodio/s y que por otro lado nos cuelen que no se hacen responsables de la omisión, insolvencia o disolución del custodio y subcustodios, sin explicar ni dar detalle de lo que realmente nos importa:

                                        si hay una quiebra del custodio o subcustodio, el broker debería poder transmitirnos la certeza, sin recovecos ni palabrería legal, de que podrá recuperar sin problema los activos a su nombre (en cuenta omnibus) y que éstos serán transferidos a otro custodio/subcustodio sin problema alguno para el cliente final (nosotros). ¿Qué les cuesta poner esto así de clarito en el contrato?

                                        Bajo la ley Europea, parece que lo que dice IBLUX sobre su responsabilidad ante la quiebra del custodio o subcustodio no es del todo correcto. En el apartado "Riesgo de Insolvencia del Subcustodio" del siguiente artículo firmado por la abogada Estefanía Montero Díaz (https://www.ilpabogados.com/acuerdo-de-subcustodio/) deja bastante claro (a mi entender) que el depositario (el broker) responderá por los actos del subcustodio en caso de insolvencia.

                                        Perdón si soy machacón con el asunto, pero es que se las trae.
                                        Editado por última vez por kevin01; 01/12/2020, 16:43:23.
                                        "Los esclavizadores saben bien que mientras está el esclavo cantando a la libertad se consuela de su esclavitud y no piensa en romper sus cadenas" - Miguel de Unamuno.

                                        Comentario

                                        • Raftal
                                          Senior Member
                                          • abr
                                          • 738

                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          No pidas perdón compañero, es normal preocuparse por esas cosas.

                                          Yo en su momento me puse a mirar con mucho detalle el contrato con IB cuando abrí la cuenta. Ahora estoy esperando a ver como acaba lo del cambio de sede, donde nos mandan etc... con los datos decidiré, pero las condiciones del broker son TAN buenas (en cuanto a comisiones, operativa, herramientas...) que se me hace difícil plantearme un cambio la verdad.

                                          Comentario

                                          Trabajando...
                                          X