saysmus, en SelfBank mandaron un correo comunicando el cambio y un enlace a una guía el día 22, luego no es cosa de BME como te dijo el gestor de Broker Naranja
Sí, sí. Si saberlo lo sabían desde mucho antes que todos nosotros porque a ellos, como empresa a la que afecta el cambio directamente, les han avisado mucho antes seguro. Por eso hablo de falta total de transparencia y seguridad. No me explico cómo ING Direct ha actuado así y por eso he puesto la queja (entre otras cosas).
Un saludo!!
Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco
Buenos días a todos.
A mi también me ha llegado el papelito de ING con las nuevas condiciones del contrato.Parece ser que nos quieren dar por donde chorrean los botijos a casi todos. Digo casi todos porque esto me lleva a varias conclusiones y corregidme si me equivoco:
1. Creo haber entendido y visto por algún sitio que aunque las cuentas pasaran a ser omnibus, seguirán existiendo las cuentas nominativas pero a estas les aplicaran unas tarifas descomunales, lo cual podria interpretarse como un "filtro" para "grandes fortunas", ya me extraña que alguien que tenga varios cientos de millones en acciones de una compañia las tenga en una cuenta omnibus revueltas con cientos de miles de pequeños accionistas a merced de que un simple error o traspapeleo en los repartos de títulos por cuenta de los broker o depositarios le lleve al otro barrio toda su fortuna.
2. Por otra parte es la que se ha comentado en varias ocasiones: si alguien de la cadena de custodia y administración de los valores quiebra, los demás se desentienden del tema y que pague el inversor (este punto 2 refuerza el punto 1)
3. Duda: si todas las acciones de los inversores de una compañia (supongamos que es una pasta) estan juntas en una cuenta y esa cuenta a nombre de "broker Pepito" entonces, Broker Pepito pasaría a ser uno de los principales accionistas de esa compañía por tener las acciones a su nombre (cuenta nominativa), no?, cosa que reforzaría al punto 1
No me gusta la idea de este tipo de cuentas, al fin y al cabo, es como si tuviésemos un fondo de inversión pero con matices. Creo que a partir de ahora, aparte de diversificar en brokers, tendremos que hacer otro análisis aparte de de las empresas a comprar y quizás el mas importante: el de las entidades depositarias de nuestras acciones.
Una vez puesta la reclamación les hice saber que, obviamente, no voy a seguir haciendo compras con ING Direct (ya he pasado los 20.000€) y que estaba a la espera de abrir una cuenta con otro broker para traspasar la cartera. En cuanto le hablé de DeGiro e IB, se puso algo tenso y empezó a tratar de sacar puntos negativos de éstos brokers con respecto a ING. En cuanto le saqué a relucir las comisiones por compras en USA o los famosos 20.000€, no tuvo más remedio que callarse.
Esta tarde llamo para meter presion tambien y pedir el certificado de posicion. Aqui tambien se esta recogiendo firmas para intentar meter presion:
En todo caso, saymus, si dejamos la cartera de ING con una valoracion aproximada de 20.000€, luego abrimos otra en españa con garantia 100.000€...¿que pasa cuando nuestra cartera este en 200.000 o 300.000€? ¿estamos vendidos?...porque la garantia segun tengo entendido es total, no por banco...
¿sera mejor en ese caso comprar un inmueble y alquilarlo y no meter todo el patrimonio en la bolsa?...
Lo que hasta ayer tenia claro, invertir todo en la bolsa tratando de obtener una RPD que me permita vivir solo de ellas, hoy ya no lo tengo tan claro.
No sé si estoy exagerando (seguramente si) pero ¿significan estas condiciones el fin de nuestra estrategia tal y como la habiamos planteado?. Si en Europa son todo cuentas omnibus...¿los inversores de largo viven tranquilos?...como dicen, de aqui a 30 años pueden pasar muchas cosas, en España y en Europa. Y una cosa tengo clara: a nadie le va a importar un carajo si pierdes los ahorros de toda tu vida por la razon que sea.
Como siempre, espero que Gregorio ponga un poco de cordura y tranquilidad a esta situacion.
A ver, sinceramente creo que no es para tanto. En USA llevan muchísimos años con estas condiciones y no ha pasado nada. El problema es que esto es España y eso no me da ninguna tranquilidad. Quizá porque soy de aquí y tengo mucha más información que de otros países (fijo que en todos lados cuecen habas). En cualquier caso, todo el mundo menos nosotros tenían cuentas ómnibus, por lo que tampoco deberíamos estar tan preocupados en ese sentido.
En cuanto a lo que comentas de la garantía total, no tengo ni idea, la verdad. Estoy bastante lejos de esos números, en su momento miraremos a ver. Lo de no disponer de cuentas nominativas al alcance de nuestro bolsillo (el mío al menos) es una putada, pero hay que pensar que esto era así solo para empresas Españolas, el que tuviera USA o UK antes de este cambio no le afecta, por tanto, no creo que sea para pegarse un tiro. Tened en cuenta que esta es una opinión de novatísimo.
Un saludo!!
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No entiendo muy bien el por qué tanto revuelo en particular con ING.
Sabíamos muy bien que se iba a aplicar una nueva normativa que iba a suponer dejar de tener cuentas nominativas para acciones españolas, y ING no ha hecho más que aplicar dicha normativa. Por supuesto preferiría poder mantener las acciones en una cuenta nominativa, pero la normativa en sí no debería implicar necesariamente menos seguridad.
Sobre el tema de los 20.000€, se supone que cubren si, en un evento de quiebra del broker o un intermediario en la custodia, resulta que el total de acciones que dispone el broker es menor de la suma de acciones de sus clientes. Es decir, la gestión ha sido deficiente o fraudulenta, y se cubre hasta 20.000€ por inversor. Si la quiebra se produce por otras causas y las anotaciones en la cuenta global son correctas, tú podrías llevarte tus acciones a cualquier otro broker independientemente de si están valoradas en 20.000€, o cualquier otro importe mayor.
Sobre el tema de comisiones, es cierto que son tirando a caras, pero yo prefiero pagar algo más en compras y no gastar nada en custodia ni cobro de dividendos. La parte de la cartera que tengo en ING se va a quedar aquí, si bien es cierto que en ella actualmente hago muy pocas operaciones al año.
Finalmente, sobre poder hacer el traspaso de forma gratuita me temo que ING tiene razón. Ellos no han aplicado ningún cambio unilateral, se han visto obligados a aplicar una normativa europea. Es como si quisieras traspasar la cartera porque el gobierno diga que va a aplicar un % mayor de impuestos a los dividendos, o cualquier otra causa totalmente ajena a ING.
En definitiva, creo que por el tema de las cuentas globales no hay que perder la calma, ya que no creo que tengamos más riesgos reales que hasta el momento. Además, veo que últimamente más inversores estamos teniendo parte de la cartera en empresas europeas / estadounidenses, y dudo que se tenga la sensación de que esas acciones tienen una menor seguridad que las españolas.
La utilización de las cuentas globales puede comportar, entre otros, los siguientes riesgos, los cuales deberán ser
analizados detenidamente por el Cliente antes de proceder a la contratación y depósito de valores extranjeros
en su cuenta:
- Insolvencia del titular de la Cuenta Global y/o del tercero: En caso de situaciones de insolvencia del titular de la
cuenta global y/o del tercero pueden darse limitaciones para que los Clientes ejerciten derechos de separación
o que se les reconozcan como propietarios de valores y no como meros titulares de derechos de crédito frente
al titular de la cuenta global.
- Riesgo de Custodia: (i) Al no existir una anotación directa de los titulares en la cuenta global, la titularidad real
depende de que el titular de la cuenta global tenga anotados en la misma un número de valores al menos
igual al que corresponden a los titulares y resto de clientes cuyos valores hayan sido anotados en la cuenta
global por el titular de la misma. Este riesgo puede verse agravado si se permite la práctica de venta de valores
y/o si en la cadena de custodia intervienen otras entidades además del titular de la cuenta global e ING DIRECT.
Este riesgo sería crítico si alguno de los intermediarios en la cadena de custodia incurriera en situación de
insolvencia y declarara más valores que los que realmente mantuviera depositados; (ii) La interconexión entre
todos los intermediarios de la cadena de custodia facilita la propagación de los riesgos, ya que el cumplimiento
de obligaciones por parte de cada uno de ellos es presupuesto necesario para el cumplimiento de las que
corresponden a los siguientes intermediarios en la cadena de custodia. Este riesgo se agrava en la medida en
que el número de intermediarios en la cadena de custodia sea mayor.
- Riesgo operacional: Existe la posibilidad de que se originen pérdidas imprevistas como resultado de errores
humanos, deficiencias en lo controles internos o fallos de los sistemas implantados en las entidades
participantes en la cadena de custodia.
- Riesgo Legal: Podrían tener lugar quebrantos como consecuencia de: (i) contratos inadecuadamente
documentados o porque no puedan ejecutarse por algún defecto formal; (ii) la existencia de procesos legales o
sentencias adversas, o (iii) cuando la legislación de un país no ofrezca la seguridad necesaria para garantizar
que los contratos se ajusten a derecho, sean válidos y se puedan hacer cumplir.
La calma nos la hacen perder ellos, en vez de toda esa parrafada, que pudiesen que tus acciones son tuyas, y lo demás son milongas.
"Riesgo de que no se te reconozca como propietario de valores, sino como mero titular de derechos de crédito frente
al titular de la cuenta global", ahí es nada..
A mi también me preocupa el tema de operar en el broker con simplemente acceder a la cuenta...Aunque hay que decir que en DeGiro también es así...No sé si hay algún broker que te pida algún tipo de clave o sms.
Parece mentira que para una triste transferencia te pidan tarjeta de coordenadas + código via sms, y para vender toda una cartera de acciones, no se pida nada. Desde primera hora me llamó mucho la atención.
Si encontrais el mensaje de la web de ing donde el forero lo puso, estaria bien postearlo aki, el link, para que podamos darle votos. Contra mas votos tenga, entiendo que mas lo deben considerar
Desde el punto de vista de la operativa creo que no seria eficiente que te enviaran un sms para confirmsr la compra o tener que meter una posicion de la tarjeta, pero quizas que por el hecho de acceder a la pestaña broker te hagan meter una posicion de la tarjeta de coordenadas si que lo veo eficiente y mayor seguridad
1) Supongamos que quiebra ING. ¿Se cobrarían los acreedores de nuestras acciones? (digo nuestras, pero se supone que el titular es ING)
2) Alguien cede nuestras acciones para operar con apalancamiento a un tercero. El tercero quiebra, y su posición era masiva. ¿Podemos reclamar nuestras acciones?
Si no soy titular de mis acciones, ¿qué derechos puedo ejercer sobre ellas?
1) Supongamos que quiebra ING. ¿Se cobrarían los acreedores de nuestras acciones? (digo nuestras, pero se supone que el titular es ING)
2) Alguien cede nuestras acciones para operar con apalancamiento a un tercero. El tercero quiebra, y su posición era masiva. ¿Podemos reclamar nuestras acciones?
Si no soy titular de mis acciones, ¿qué derechos puedo ejercer sobre ellas?
1.- No, están separadas y fuera del balance
2.- No se pueden ceder las acciones sin tu autorización.
No entiendo muy bien el por qué tanto revuelo en particular con ING. [...]
Sobre el tema de comisiones, es cierto que son tirando a caras, pero yo prefiero pagar algo más en compras y no gastar nada en custodia ni cobro de dividendos. La parte de la cartera que tengo en ING se va a quedar aquí, si bien es cierto que en ella actualmente hago muy pocas operaciones al año.[...]
Hola Cassiopea
Probablemente el motivo del revuelo con ING sea que es el broker más popular, sobre todo entre los neófitos, que al mismo tiempo resultamos ser los que menos sabemos, los que buscamos operativas menos complicadas, y los que tenemos más tendencia a alarmarnos.
Tienes mucha razón en tu mensaje, pero también es cierto que los seguros se formalizan deseando no tener que usarlos, y los contratos se firman deseando no tener que romperlos; pero que tanto en unos como en otros es conveniente establecer las claúsulas que contemplen qué pasa en caso de siniestro/incumplimiento. Que lo peor, peor, peor es muy difícil que pase, cierto, pero es igual de cierto que no podemos asegurar que sea imposible.
Creo que es bueno que cada uno tenga claro que los riesgos existen, que cada uno trate de ponderarlos como buenamente pueda, y tome sus decisiones estratégicas al respecto, para tratar de minimizar los posibles efectos adversos que pueda tener que soportar en el futuro. Que si todo sale bien dentro de treinta años, chapeau; y si algo sale mal, al menos uno sabe que, había sido consciente del riesgo, y que había decidido asumirlo. Como mínimo casi todos vamos a aprender cómo funciona la cadena de custodia de los títulos, algo que antes probablemente ni siquiera habríamos mirado
Y solo por curiosidad, y si no tienes inconveniente en decirlo: ¿con qué brokers operas tú, y para qué mercados?
(te pregunto porque estoy empezando a mirar un segundo broker para mercados internacionales, y me interesa mucho tu opinión)
Thanks in advance!!!
Editado por última vez por inversor esencial; 29 abr 2016, 04:16, 04:16:21.
1) Supongamos que quiebra ING. ¿Se cobrarían los acreedores de nuestras acciones? (digo nuestras, pero se supone que el titular es ING)
2) Alguien cede nuestras acciones para operar con apalancamiento a un tercero. El tercero quiebra, y su posición era masiva. ¿Podemos reclamar nuestras acciones?
Si no soy titular de mis acciones, ¿qué derechos puedo ejercer sobre ellas?
Originalmente publicado por propietarioVer Mensaje
1.- No, están separadas y fuera del balance
2.- No se pueden ceder las acciones sin tu autorización.
Si mirais el caso Interdin, el administrador concursal aseguraba que no podía individualizar los saldos de cada cliente en la cuenta que tenía Interdin en Banco Madrid (cuenta ómnibus), por lo que se les consideraba a todos un solo cliente con derecho únicamente a 100.000 euros (FOGAIN) y la CNMV tuvo que intervenir:
La guerra en Banco Madrid vive una nueva batalla. La CNMV ha ignorado al administrador concursal, que pretendía dar sólo 100.000 euros entre todos los clientes de Interdin. Serán para cada uno
No esta nada claro el asunto, por que, si pasa algo en un futuro y no se pone nadie de acuerdo, te dan solo 20.000 euros del fondo de garantía de ING.
Lo que habría que hacer, es exigir a ING que se adhiera al FOGAIN para que nos garantice los 100.000 euros por cliente.
a parte de que en todos los broker y bancos , las cuentas con las acciones de los clientes están separadas de sus activos. Que quiebre o no ING os debería dar igual pq es un mero intermediario. las acciones nacionales las tiene Renta 4.
De todas maneras , como ya ha escrito algunos otros foreros, creo que estáis exagerando demasiado este asunto.
Esto se hace para equipararnos al resto de países y no creo q fuera estén tan alarmados.
Además, si quiebra la entidad que tenga nuestros valores , no se pierden las acciones. solo en el remoto caso de que haya algún tipo de ilegalidad o estafa podría haber problemas.
Lo importante es estar en un broker reconocido y como decían por ahí, preocuparos más de elegir vuestras empresas en cartera. No os estreseis por esto ni replanteéis vuestra estrategia.
Bueno, imagino esto sera como los médicos que aunque te operen de un dedo del pie siempre tienes peligro de muerte.
Por el tema de los 100000 €, no pensáis que debería ser renta4 quién debería estar con esa cantidad en vez de ING que es un mero intermediario?, al fin y al cabo es en Renta 4 que es español donde tenemos las acciones depositadas y no en ING entonces el peligro está en que quiebre renta4.
Por otra parte el fogain actuaría en caso supuestamente de que hubiesen prestado nuestras acciones y no pudiesen devolverlas porque aunque quiebre si las cuentas están bien hechas, cada uno seguiría manteniendo las suyas, no creo que varios millones de acciones se pierdan así por las buenas ya que entonces eso afectaría a las cuentas de la empresa al tener menos acciones en el mercado,no?
Si mirais el caso Interdin, el administrador concursal aseguraba que no podía individualizar los saldos de cada cliente en la cuenta que tenía Interdin en Banco Madrid (cuenta ómnibus), por lo que se les consideraba a todos un solo cliente con derecho únicamente a 100.000 euros (FOGAIN) y la CNMV tuvo que intervenir:
La guerra en Banco Madrid vive una nueva batalla. La CNMV ha ignorado al administrador concursal, que pretendía dar sólo 100.000 euros entre todos los clientes de Interdin. Serán para cada uno
No esta nada claro el asunto, por que, si pasa algo en un futuro y no se pone nadie de acuerdo, te dan solo 20.000 euros del fondo de garantía de ING.
Lo que habría que hacer, es exigir a ING que se adhiera al FOGAIN para que nos garantice los 100.000 euros por cliente.
La movida de los clientes de Interdin y la cuenta omnibus en Banco de Madrid era por el efectivo. El resto del patrimonio de los clientes (fondos de inversión o valores) desde un primer momento quedó claro que quedaba fuera de la masa concursal y que era propiedad indubitada de los accionistas o partícipes.
Finalmente, el criterio aplicado e impuesto por la CNMV a efectos de considerar el límite de 100.000 por cliente aplicable no al titular de la cuenta ómnibus en Banco de Madrid (Interdin) sino a los clientes de Interdin deja claro que se atajó y eliminó el riesgo de titularidad única que suponen las cuentas ómnibus. Repito, la jugarreta que pretendía el administrador concursal era en relación a los importes en efectivo, no los valores y fondos de inversión.
Que con cuentas nominativas nada de esto habría ocurrido está claro. Pero que ante una crisis de este estilo se haya acabado defendiendo públicamente los intereses de los titulares individuales acogidos en cuentas ómnibus es una buena señal.
SAN MAP IBE NTGY REE ENG REP FER TEF EBRO VIS UNA KMB ADM GSK PFE ABBV T OHI VTR SPG RIO
Como curiosidad comentarios que yo a finales de año traspasé acciones de ACS de mi cuenta de valores de Openbank a ING. Posteriormente, en enero y ya en ING compré más acciones de ACS.
Al votar telemáticamente en la Junta de Accionistas de ACS la semana pasada me aparecen las acciones en 2 entidades depositarias distintas: las acciones inicialmente traspasadas están en "Santander Securities Services, S.A.", y las compradas en ING en "Renta 4 S.V., S.A."
¿Entiendo que al traspasar los títulos éstos permanecen en la entidad depositaria inicial, o es un error por parte de ACS?
Yo tengo la duda sobre la asistencia a juntas y la percepción de regalos.
Cuando estaba en Orey nunca recibí ninguna tarjeta de asistencia a juntas, ni prima de asistencia, ni regalos. Si quería la tarjeta debía solicitarla al broker. Y tampoco podía justificar ser el dueño de las acciones ya que el número de cuenta de valores tiene un formato diferente al que debes rellenar en la web (p. ej. Iberdrola).
Ya que sacas el tema. Recibí hace unos días unos centimillos de Iberdrola como prima de asistencia a Junta. Supongo que el broker (ING en este caso) asistiría en mi lugar y por eso lo de la prima. La pregunta es, ¿hacen eso todas las empresas? Los regalos de SAN y BBVA que le dieron a mi mujer, ¿por que no me los dieron a mi? Tendría que ir a las oficinas de San o BBVA a reclamarlos? Hay nº mínimo de acciones para recibir la prima? Le sirve a todas las empresas que acuda el broker en tu lugar? Parece una chorrada pero unos centimitos multiplicados por 18 empresas y a lo largo de 20 años ya es un dinerito. No os riáis mucho de un pobre novato en esto.
Aprovecho la ronda de preguntas. Consultando el broker de self bank he visto que ofrecen la posibilidad de alquilar acciones si no vas a operar con ellas. Según dicen te ofrecen una rentabilidad que puede llegar hasta el 5% (no he mirado condiciones) y además es una de las posibilidades para no pagar comisión de mantenimiento (que en self bank es tarifa plana por mercado, pero no he averiguado a cuánto asciende). Mi pregunta es por la seguridad de esta práctica. ¿Tengo riesgo de perder mis acciones o parte de ellas haciendo esto? Porque si es un riesgo asumible sería una práctica muy compatible con nuestra estrategia B&H. Me gustaría oír opiniones de los veteranos del foro.
Gracias de antemano por la ayuda.
Editado por última vez por AveFenix+20; 01 may 2016, 20:48, 20:48:07.
Originalmente publicado por AveFenix+20Ver Mensaje
Aprovecho la ronda de preguntas. Consultando el broker de self bank he visto que ofrecen la posibilidad de alquilar acciones si no vas a operar con ellas. Según dicen te ofrecen una rentabilidad que puede llegar hasta el 5% (no he mirado condiciones) y además es una de las posibilidades para no pagar comisión de mantenimiento (que en self bank es tarifa plana por mercado, pero no he averiguado a cuánto asciende). Mi pregunta es por la seguridad de esta práctica. ¿Tengo riesgo de perder mis acciones o parte de ellas haciendo esto? Porque si es un riesgo asumible sería una práctica muy compatible con nuestra estrategia B&H. Me gustaría oír opiniones de los veteranos del foro.
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