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Regla de los 2 meses de nuevo

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  • Buenas tardes compañeros, a ver si me podéis ayudar.

    Me he levantado de la siesta medio dormido y he visto que Alibaba había caído y me ha dado por comprar 3 acciones, pero no se que hxxtia ha pasado que he vendido 3 acciones en lugar de comprar 3, se me acaba de joder una minusvalía considerable que me ha quedado bloqueada, porque hace menos de 1 año que he hecho más compras.

    Me planteo hacer 2 cosas:

    1) Venderlas todas para aflorar toda la minusvalía (el ADR) y comprarla en la bolsa de HK.
    2) Venderlas todas para aflorar la minusvalía y comprarlas con una cuenta que le abra a mi pareja en Degiro.

    ¿Me podéis indicar si la opción 1 es factible? O me va a decir hacienda que son valores homogéneos aunque estén en diferente bolsa y sea un ADR. No me vendría mal aflorar perdidas porque tengo unas ganancias considerables de otros movimientos de medio plazo.

    Gracias por adelantado.

    Comentario


    • Si son valores de distintas bolsas no pueden ser nunca valores homogéneos. Tendrán siempre un ISIN diferente.
      Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
      Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

      Comentario


      • Hola,

        Aunque cotice en Bolsas diferentes pueden ser valores homogéneos.

        Por ejemplo, las acciones europeas cotizan en EEUU como ADR. Así que las acciones de BASF (por decir una) que cotizan en Alemania son algo distinto a los ADR de BASF que cotizan en Alemania. Así que estas 2 cosas no son valores homogéneos.

        Pero las acciones de Bayer que cotizan en España son las mismas que las acciones de Bayer que cotizan en Alemania, y por tanto sí que son valores homogéneos (Bayer realmente ya no cotiza en España, pero lo hizo hace años y he usado esta para el ejemplo, como podía haber usado cualquier otra).

        Así que lo importa es si lo que cotiza en una Bolsa es exactamente lo mismo que en otra, o no.


        Saludos.




        Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

        "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
        "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
        "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
        "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
        "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
        "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
        "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
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        Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
        "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
        "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
        "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
        "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
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        • Hola,

          Para las empresas de UK aplica la regla de los 2 meses, o sería 1 año? No tengo claro si es para Europa o para UE.

          Gracias.

          Comentario


          • Hola Albright,

            Reino Unido, y Europa en general, son 2 meses.

            Pero el otro día en los comentarios de un artículo un forero me puso que ha llamado a Hacienda, y le han dicho que en EEUU también son 2 meses, citándole unos documentos o consultas recientes de Hacienda, y creo que la UE.

            Desde luego, siempre he pensado que el hecho de que EEUU fuera 1 año era un error de redacción de la ley. Y por lo que dice este usuario, es posible que lo hayan corregido. A ver si lo confirmamos definitivamente.


            Saludos.


            Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

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            • Hola ceroceroseix.
              Releyendo el hilo de Rankia sobre la regla de los dos meses, y la exposición magistral que haces en dicho hilo (Boliche), quisiera preguntarle el significado de lo siguiente:

              para que una recompra sea anulada tiene que producirse una venta de acciones que sea efectiva a efectos fiscales. ¿Qué significa esto? Que las acciones que se vendan no deben tener a su vez acciones recompradas en otras compras.

              Pregunto... Si yo vendo acciones con plusvalías, es siempre una venta efectiva a efectos fiscales?

              Tengo 1290 acciones afectadas por la norma antiaplicación y he ido vendiendo lotes de 250 acciones con plusvalías varios meses después, pero después he vuelto a comprar lotes de 250 acciones, hasta un total de 1500 acciones, en un plazo inferior a dos meses desde esas ventas.

              Estaría liberado de la norma y podría aplicar las pérdidas de las 1290 acciones originales?

              Comentario


              • Buenos días,

                ¿Sabeis si para la regla de los dos meses cuenta como compra acciones recibidas por scrip dividend? Es decir, si me dan 3 acciones nuevas en un scrip y yo vendo al dia siguiente 3 acciones (no son las mismas, serán las primeras que compré) y esa venta tiene minusvalías ¿se puede compensar?

                Gracias
                Editado por última vez por davidem; 28 dic 2021, 15:10, 15:10:52.

                Comentario


                • No me aclaro , soy nueva en la materia!. Qué me podéis decir acerca de esta pregunta tan repetida. Tengo una minusvalía por venta de acciones de banco santander de 1000 e (redondeando)y unos dividendos netos (quiero decir descontada la retención) de 485 e (digamos que 500 para facilitar el cálculo).Lapregunta es:
                  1.- Se compensan el 25 % de 500, no?. Osea, 125e?
                  2.-La minusvalía sería pues de, 875 e?
                  Aclararme además lo siguiente, por favor:

                  Ese 25% se aplica sobre el inporte bruto del dividendo o sobre lo recibido(neto)?
                  Como los dividendos ya aparecen en el borrador y las minusvalías se reflejarán en los datos que introducimos de compra y venta de acciones, ¿el sistema hace la operación de compensar o hay que introducir mas datos?
                  Muchas gracias.

                  Comentario


                  • hola Aladina, creo que estás mezclando. No pasa nada, a mi me ha costado un poquitín entenderlo Que alguien me corrija si me equivoco

                    1. Tienes minusvalía de 1000 € a compensar este ejercicio y 3 siguientes
                    2. Dividendos BRUTOS de 600 € (siempre cuenta los brutos)

                    No mezcles 1 y 2 todavía,.

                    Si tienes cualquier plusvalía de ganancias de capital de alguna casa, acciones ,etc, se te compensará con esa minusvalía.

                    Luego, si sobra algo (o no has compensado nada por no tener plusvalías por ningún lado) lo compensas con el 25% de tus dividendos

                    Te compensará (y de forma automática en la renta) el 25% de eso, es decir 25% de 600 de divis (150) con 150 de minusvalías.

                    Por tanto te devolverán el 19% (o lo que te hayan retenido) de esos 150 en divis, es decir, 28,5 €

                    para el ejercicio posterior, te quedarán 1000-150 = 850 disponibles para compensar

                    Todo esto es automático en la renta

                    El tema de cobro de dividendos es casi todo automático con broker español , aunque te recomiendo que lo revises siempre. Lo que no es tan automático es la compra o venta de acciones/casa/garaje/artículos de segunda mano.. (já!), que hay que indicarlo. En el borrador puede que salga y se podrá trasladar, pero hay que meterlo para que te compense automáticamente

                    (Y la retención en origen de dividendos de acciones extranjeras, pero eso ya es otro tema)


                    Un saludo

                    EDITADO: corrección de 006 más abajo, gracias!
                    Editado por última vez por Rodes; 30 dic 2021, 08:33, 08:33:14.
                    Sígueme en Twitter El Loco de Las Startups @LocoStartup

                    Para ahorrar en luz, gasolina, etc, date de alta en círculo de conductores

                    Proyecto Rodes

                    Comentario


                    • "Rodes, te agradezco la respuesta. Pero realmente estoy pez! si no, no tendría las dudas que a continuación te expongo: verás...
                      Me dices "Si tienes cualquier minusvalía de ganancias de capital de alguna casa, acciones ,etc, se te compensará con esa minusvalía. Rodes, no debería decir "Si tienes cualquier plusvalía de ganancias de capital de alguna casa, acciones ,etc, se te compensará con esa minusvalía"?.
                      Siguiente cuestión "te compensará (y de forma automática en la renta) el 25% de eso, es decir 250 de dividendos con 250 de pluses". Tampoco entiendo esto, porque lo que tengo por dividendo son 500 e (600 dices tú por ser en bruto), luego el 25% serían 150 e, en vez de 250.No?
                      Y la tercera aclaración,dices " para el ejercicio posterior, te quedarán 1000-250 = 750 disponibles para compensar" No serían 1000-150=850 e?
                      Un saludo.


                      Comentario


                      • Originalmente publicado por ALADINA Ver Mensaje
                        "Rodes, te agradezco la respuesta. Pero realmente estoy pez! si no, no tendría las dudas que a continuación te expongo: verás...
                        Me dices "Si tienes cualquier minusvalía de ganancias de capital de alguna casa, acciones ,etc, se te compensará con esa minusvalía. Rodes, no debería decir "Si tienes cualquier plusvalía de ganancias de capital de alguna casa, acciones ,etc, se te compensará con esa minusvalía"?.
                        Siguiente cuestión "te compensará (y de forma automática en la renta) el 25% de eso, es decir 250 de dividendos con 250 de pluses". Tampoco entiendo esto, porque lo que tengo por dividendo son 500 e (600 dices tú por ser en bruto), luego el 25% serían 150 e, en vez de 250.No?
                        Y la tercera aclaración,dices " para el ejercicio posterior, te quedarán 1000-250 = 750 disponibles para compensar" No serían 1000-150=850 e?
                        Un saludo.

                        corrijo en mi entrada eso de plusvalía por minusvalía, correcto

                        yo entiendo que se compensa el 25% de 1000 € = 250 € , con los dividendos. Esto es lo que me gustaría que nos confirme alguien. Invertirenbolsa ?

                        saludos
                        Sígueme en Twitter El Loco de Las Startups @LocoStartup

                        Para ahorrar en luz, gasolina, etc, date de alta en círculo de conductores

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                        • Cuadro resumen del manual sobre declaración IRPF
                          https://sede.agenciatributaria.gob.e...pensacion.html
                          Saludos

                          Comentario


                          • Originalmente publicado por Rodes Ver Mensaje

                            corrijo en mi entrada eso de plusvalía por minusvalía, correcto

                            yo entiendo que se compensa el 25% de 1000 € = 250 € , con los dividendos. Esto es lo que me gustaría que nos confirme alguien. Invertirenbolsa ?

                            saludos
                            Veamos: yo considero que esos 1000 e de minusvalías se puede compensar (en parte) con los 600 e de los dividendos (el 25%) osea 150 e por dividendos. Quedaría pendiente 1000-150=850 e.

                            NO Se compensa el 25% de la perdida ( de 1000) sino la pérdida con el 25% de los dividendos (en este caso con los 600 e).

                            Alguién nos lo puede aclarar?

                            Comentario


                            • Gracias LECTOR. Accedí al enlace que nos indicas. Pero mi ignorancia es total y mi capacidad de comprensión deja mucho que desear. Podías aclaranos el tema con los datos que yo expuse?

                              Comentario


                              • Creo que tenías tú razón. Es el 25% de los dividendos que has cobrado, es decir el 25% de 600 brutos, 150, te devolverán lo retenido de eso (si es el 19%, pues 28,5 euros)

                                No obstante, me acabo de dar cuenta de que esto no tiene nada que ver con el tema de este hilo, que es la regla de los dos meses XD
                                Sígueme en Twitter El Loco de Las Startups @LocoStartup

                                Para ahorrar en luz, gasolina, etc, date de alta en círculo de conductores

                                Proyecto Rodes

                                Comentario


                                • Hola Aladina,

                                  Puedes compensar los 600 € brutos de dividendos con un límite del 25%, es decir, 150 €.

                                  Por tanto pagarás impuestos del 19% sobre 450 € (600 - 150), que son 85,50 €.

                                  Si no compensaras pagarías el 19% de 600, que son 114 €. Te estás ahorrando 28,50 € (114 menos 85,50).

                                  Además te quedarán por compensar 850 € en los 4 ejercicios siguientes (1000 - 150).

                                  Cuando pongas los datos en la renta, el cálculo se hace automáticamente.

                                  Un saludo.
                                  Confía en tu propio criterio.

                                  www.miasesorfiscal.es

                                  Comentario


                                  • Gracias Dividendoyvencerás (es indudable que conoces todo acerca de los dividendos, jeje). Así pues, dejo aquí el tema. Doy por supuesto que se compensan pérdidas con dividendo bruto y con el 25% máximo.

                                    Comentario


                                    • Originalmente publicado por davidem Ver Mensaje
                                      Buenos días,

                                      ¿Sabeis si para la regla de los dos meses cuenta como compra acciones recibidas por scrip dividend? Es decir, si me dan 3 acciones nuevas en un scrip y yo vendo al dia siguiente 3 acciones (no son las mismas, serán las primeras que compré) y esa venta tiene minusvalías ¿se puede compensar?

                                      Gracias
                                      No importa el origen de la adquisición de las acciones, sólo cuenta la fecha de la compra y la empresa comprada. Así que sí, las acciones adquiridas mediante scrip también se ven afectadas por este tema de los dos meses. Hay que tener en cuenta que la fecha de compra de este tipo de acciones es el día que empiezan a cotizar, dato que se suele aportar en el calendario del scrip.
                                      Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                                      Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

                                      Comentario


                                      • Originalmente publicado por ALADINA Ver Mensaje
                                        No me aclaro , soy nueva en la materia!. Qué me podéis decir acerca de esta pregunta tan repetida. Tengo una minusvalía por venta de acciones de banco santander de 1000 e (redondeando)y unos dividendos netos (quiero decir descontada la retención) de 485 e (digamos que 500 para facilitar el cálculo).Lapregunta es:
                                        1.- Se compensan el 25 % de 500, no?. Osea, 125e?
                                        2.-La minusvalía sería pues de, 875 e?
                                        Correctas ambas ideas, aunque no las cifras. Mira lo que digo en los párrafos siguientes.

                                        Originalmente publicado por ALADINA Ver Mensaje
                                        Aclararme además lo siguiente, por favor:

                                        Ese 25% se aplica sobre el inporte bruto del dividendo o sobre lo recibido(neto)?
                                        Las compensaciones entre cantidades del IRPF siempre se calculan con cantidades brutas. Así que, si tienes 500 € netos de dividendos, el bruto será aproximadamente 500 / 0,81 = 617 € y la cantidad que puedes compensar con la minusvalía es de 617 x 0,25 = 154 € (en cifras redondeadas a cero decimales).

                                        Originalmente publicado por ALADINA Ver Mensaje
                                        Como los dividendos ya aparecen en el borrador y las minusvalías se reflejarán en los datos que introducimos de compra y venta de acciones, ¿el sistema hace la operación de compensar o hay que introducir mas datos?
                                        Muchas gracias.
                                        La propia aplicación te hará todos esos cálculos que correspondan. Tú sólo tienes que preocuparte de darle a la aplicación los datos correctos, siempre cantidades brutas, como digo. En todas las casillas de ingresos pon las cantidades brutas que hayas recibido.

                                        Un saludo.
                                        Editado por última vez por Ceroceroseix; 02 ene 2022, 19:05, 19:05:16.
                                        Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                                        Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

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                                        • Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Originalmente publicado por Rodes Ver Mensaje

                                          corrijo en mi entrada eso de plusvalía por minusvalía, correcto

                                          yo entiendo que se compensa el 25% de 1000 € = 250 € , con los dividendos. Esto es lo que me gustaría que nos confirme alguien. Invertirenbolsa ?

                                          saludos
                                          Esto es muy sencillo de aplicar bien. SIEMPRE la limitación del 25 % se aplica a la cantidad positiva (la cantidad que va a pagar impuestos), no a la negativa que queremos compensar y que lo que va a hacer es reducir esa cantidad de impuestos a pagar. Lo que se hace es permitir compensar una pérdida con una ganancia, pero limitando la cantidad de ésta que se destina a ese fin cuando no son de la misma categoría fiscal (en este caso, dividendos que fiscalmente son rendimientos del capital mobiliario con minusvalías que es una variación patrimonial).

                                          Por tanto, nunca van a ser 1000 (minusvalía que queremos compensar) x 0,25 = 250 € la cantidad de dividendos que podemos utilizar en la compensación, sino que el porcentaje se aplica sobre los dividendos (cantidad positiva).

                                          Por tanto, esto que señalo en negrita...

                                          Originalmente publicado por Rodes Ver Mensaje
                                          Si tienes cualquier plusvalía de ganancias de capital de alguna casa, acciones ,etc, se te compensará con esa minusvalía.

                                          Luego, si sobra algo (o no has compensado nada por no tener plusvalías por ningún lado) lo compensas con el 25% de tus minusvalías restantes

                                          Te compensará (y de forma automática en la renta) el 25% de eso, es decir 250 de dividendos con 250 de pluses.

                                          Por tanto te devolverán el 19% (o lo que te hayan retenido) de esos 250 en divis, es decir, 75,5€

                                          para el ejercicio posterior, te quedarán 1000-250 = 750 disponibles para compensar
                                          ... no es correcto. Mejor no tener en cuenta esa parte del mensaje.

                                          Saludos.
                                          Editado por última vez por Ceroceroseix; 30 dic 2021, 03:02, 03:02:46.
                                          Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                                          Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

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