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Devolución de la doble retención de dividendos

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  • Devolución de la doble retención de dividendos

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    Hola, agradecería que alguno me aclarara la duda que tengo sobre la devolución de la doble retención de dividendos.

    Creo que leí por ahí que si en la declaración de la renta es hacienda el que tiene que devolver el dinero, a mí no se me devuelve el dinero que me toca por la doble imposición de los dividendos, me explico con un ejemplo, imaginad que no trabajo y que mis ingresos vienen integramente de mis dividendos, en este caso yo no le tendría que pagar a hacienda nada si no que hacienda me tendría que devolver el dinero por la doble imposición en caso de dividendos extranjeros.
    Mi duda es en este caso, hacienda devuelve el dinero por la doble imposición? o como a hacienda le sale a devolver no se devuelve el dinero?

    Gracias

  • #2
    Mi declaración de este año salía a devolver, en buena parte por la retención de dividendos en el extranjero, y hacienda me ha devuelto lo que correspondía.

    Comentario


    • #3
      En principio, si indicas ls retención en origen, se te devolverá. Tú ya has sufrido una retención en destino del 19% al menos de tus dividendos.

      saludos
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      Proyecto Rodes

      Comentario


      • #4
        Gracias a los dos, ahora lo entiendo bien

        Comentario


        • #5
          ¿Si se usa un broker español la devolución de la retención en USA se incluye en la declaración o hay que incluirlos manualmente?

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          • #6
            Originalmente publicado por Juanmica Ver Mensaje
            ¿Si se usa un broker español la devolución de la retención en USA se incluye en la declaración o hay que incluirlos manualmente?
            Me parece que esta información nunca viene en el borrador, que hay que hacerlo manualmente.

            Comentario


            • #7
              El loco del dividendo lo comento no hace mucho en uno de sus directos y me acorde de este hilo. Al final hacienda no te paga nada, lo unico que pueden hacer es "perdonarte" impuestos. Si tu ya de base no pagas impuestos entonces no te devolveran la doble imposicion.

              Si no pagas nada a hacienda (ya sea por no llegar al minimo o no tienes que hacer la declaracion por algun otro motivo) lo que hayas pagado en el extranjero no te lo devolveran.

              Comentario


              • #8
                Gracias por el comentario, hay algún sitio donde se explica esto bien?

                Comentario


                • #9
                  hola por aquí lo explican bien

                  🥇 La fiscalidad de los dividendos extranjeros es más sencilla de lo que crees. 🔥 ¡No tengas miedo a invertir en las mejores empresa extranjeras! ✅


                  saludos
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                  • #10
                    Gracias Rodes, entiendo entonces en caso de estar en esta situación lo mejor es tener un broker extranjero porque no te retienen en destino

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                    • #11
                      Siempre y cuando tengas tu propio control para saber lo que debes declarar luego.. yo prefiero español por los regalos de las juntas de accionistas
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                      • #12
                        Buena a todos,
                        me gustaria confirmar con los más entendidos que en lá declaración de la Renta sólo hay que indicar los dividendos brutos y las retenciones correspondentes, todo pasado a euros (segun fue cambiado en el momento).

                        Pregunto esto porque me parece increible las diferentes informaciones que muestra hacienda en el borrador, con la recibida de algunos brokers nacionales.

                        En ese caso, imagino que hay que rectificarlo en lá declaracion de lá Renta, indicando lá suma de los dividendos brutos y lás retenciones sufridas, que aparecen los justificantes de ingresos por dividendos provenientes del broker. Verdad?

                        Gracias por vuestra ayuda!

                        Saludos
                        ​​​​

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                        • #13
                          Buenas tardes, a ver si alguien me puede resolver unas dudas que tengo.

                          En ING con acciones españolas ya nos descuentan el 19% automáticamente y no hay que hacer nada en la declaración de la renta porque ya nos lo quitaron en su día y además aparece esa información en el borrador. Las acciones americanas si que tendríamos que declarar la retención en origen que nos realizaron porque solo aparece el 19% que nos quitó la hacienda española y no el 15% en origen, ¿es correcto?

                          Con IB para acciones españolas ya nos quitan el 19% con lo cual también esa información está reflejada en el borrador, ¿no? Haciendo cuentas me sale que un dividendo de Mapfre me descontaron el 19%. Pero con las acciones americanas, haciendo cuentas sólo me quitaron la retención en origen del 15%, con lo cual habría que declararlas para pagar el 19% a la hacienda española y que nos devolviesen ese 15% que ya nos quitaron, ¿alguien puede arrojar algo de luz sobre esto?

                          Muchas gracias de antemano.

                          Comentario


                          • #14
                            IB es un broker extranjero, no indica nada a la hacienda española con lo que no te saldrán en el borrador. Todas las operaciones que hagas ahi tienes que meterlas tu a mano. Échale un vistazo a este articulo, explican como meter los dividendos teniendo un broker español y uno extranjero: https://www.invirtiendopocoapoco.com...-la-declaracio




                            Comentario


                            • #15
                              Originalmente publicado por nyogroi Ver Mensaje
                              IB es un broker extranjero, no indica nada a la hacienda española con lo que no te saldrán en el borrador. Todas las operaciones que hagas ahi tienes que meterlas tu a mano. Échale un vistazo a este articulo, explican como meter los dividendos teniendo un broker español y uno extranjero: https://www.invirtiendopocoapoco.com...-la-declaracio



                              Muchas gracias.

                              Comentario


                              • #16
                                Buenas noches.

                                Cuando descargo el documento pdf de Interactive Brokers para ver los dividendos cobrados durante 2022 ahí, solo me aparecen los dividendos de un mes.

                                ¿Cómo se genera un informe de dividendos cobrados en este bróker?

                                Gracias.
                                "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

                                Jiddu Krisnahmurti.

                                Comentario


                                • #17
                                  Asegúrate de marcar la opción "Anual" en el "Período", por defecto salen solamente los datos del mes. Si no te sale esta opción yo me pondría en contacto con su soporte.
                                  Editado por última vez por nyogroi; 12 abr 2023, 06:06, 06:06:55.

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Originalmente publicado por nyogroi Ver Mensaje
                                    Asegúrate de marcar la opción "Anual" en el "Período", por defecto salen solamente los datos del mes. Si no te sale esta opción yo me pondría en contacto con su soporte.
                                    Muchas gracias, no me fijé en eso, estoy dando los primeros pasos con este bróker tan sofisticado.
                                    "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

                                    Jiddu Krisnahmurti.

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                      muy buenas algun compañero que haga la declaracion en la hacienda gipuzkoana que tenga IBKR para una consulta gracias.

                                      Comentario

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