Lo que no recuerdo, es si con ING, que tenemos una cuenta de valores con un titular, se puede añadir uno más en algún momento. Si no, de aquí a unos cuantos años veo abriendo otra para la parienta...
Fue de las primeras preguntas que hice a ING al principio y creo recordar que no es posible añadir titular a la cuenta broker, así que solo queda vender todo y empezar de cero juntos, o hacer otra conjunta...Ojalá no fuera así pero entiendo que hay un tema de transmisión de patrimonio detrás y "elquesiemprecobra" no va a permitir añadidos sin pasar por caja (mi opinión, quizás equivocada). Por mi parte he valorado la opción de que abra una cuenta particular y en lugar de acciones únicamente compre un ETF indexado a intervalos regulares, no es lo mejor, pero es mejor que nada a largo plazo.
Bueno pues sigo con mis dudas haber si alguien me las aclara:
¿Hay alguna forma de adjuntar algun archivo en el programa padre que demuestre un traspaso de valores?
¿Las ganancias de menos de un año en que casilla se ponen?
¿En el extracto fiscal de ING TODAS las subscripciones de ampliaciones me ponen 0,60€ de valor de adquisicion esto se declara?(que yo sepa nunca me lo han cobrado)
a la hora de meter el alquiler de la vivienda hay máximo de salario bruto?( quiero decir si cobro mas de "x" no puedo meter el alquiler)
Y otra consulta, en el apartado alquiler pone estatal y autonomía, donde he de ponerlo yo? o es un % en cada una??
¿Las ganancias de menos de un año en que casilla se ponen?
Hola
En la página 9 (III). En la casilla 252 pones el nombre de las acciones. Por ejemplo: "SAN-BBVA-ENG" , o también: "Varios". Luego en la casilla 253 pulsa en el adjunto para que se abra la venta que permite poner las operaciones. Puedes poner 3 compra/ventas, si necesitas poner más vete arriba donde pone "alta entidad emisora", pulsas y se abre una segunda página con la casilla 252 y 253 vacías. Así hasta completar poco más de 60 operaciones, no recuerdo el número.
a la hora de meter el alquiler de la vivienda hay máximo de salario bruto?( quiero decir si cobro mas de "x" no puedo meter el alquiler)
Y otra consulta, en el apartado alquiler pone estatal y autonomía, donde he de ponerlo yo? o es un % en cada una??
Muchas gracias
Hola
copio y pego:
La deducción por alquiler de vivienda habitual podrá ser aplicada por los inquilinos que hayan alquilado la vivienda para residir de forma habitual, con el requisito de que su base imponible (casillas 366 + 374) no alcance 24.107,20 euros anuales.
Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales podrán deducirse el 10,05 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual. La base máxima de esta deducción será de:
cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales,
cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales.
El contribuyente tendrá que incluir el NIF del arrendador (casilla 563), acompañado de la suma de las cuotas que constituyen el alquiler de su vivienda habitual (casilla 565). Posteriormente, en la casilla F se consignará el importe máximo con derecho a deducción, que podrá coincidir con la casilla 565 en caso de que no alcance el límite señalado con anterioridad. Seguidamente, en la casilla 570 aparecerá el 10,05% del importe señalado en la casilla F. Finalmente, se divide al 50% el importe señalado en la casilla 570 y se rellenan las casillas 487 y 488. En caso de que se haya alquilado más de una vivienda a lo largo del año, existiendo dos arrendadores, en la casilla 563 se indicará el arrendador que haya recibido una cuantía mayor por el alquiler. Tenga en cuenta que automáticamente se rellenarán las casillas 487 y 488 de la página 14 con los mismos importes indicados previamente.
Muchas gracias era lo que necesitaba saber.
Y ahora una pregunta cuando modifico el borrador, que me sale al momento el resultado o tengo que esperar unos días y volver a consultarlo para saber si lo han cambiado??
Muchas gracias era lo que necesitaba saber.
Y ahora una pregunta cuando modifico el borrador, que me sale al momento el resultado o tengo que esperar unos días y volver a consultarlo para saber si lo han cambiado??
Del borrador no tengo ni idea. Yo utilizo el programa padre con los datos que descargo de la web de hacienda. Con el programa padre, cada vez que modificas algo, el resultado de la declaración cambia al instante. Supongo que lo mismo con el borrador.
¿En el extracto fiscal de ING TODAS las subscripciones de ampliaciones me ponen 0,60€ de valor de adquisicion esto se declara?(que yo sepa nunca me lo han cobrado)
Con el programa padre ya tengo casi todo controlado, pero con el tema de plusvalías no me aclaro, a ver si me podéis ayudar.
el día 24/09/2013 vendí un paquete de acciones de Santander y menos comisiones el total fue de 11.978,41 €. Todo este paquete en compra de acciones y derechos y restando venta de derechos teniendo en cuenta todas las comisiones de compra/venta son 11.794,96 €, por lo tanto tengo un plusvalía de 183,45 €
La pregunta es, donde tengo que reflejar esto y como, teniendo en cuenta que unas acciones las tenia mas de un año y otras menos de un año.
Pongo a continuación todas las operaciones realizadas con este paquete de acciones de compra/venta de acciones y derechos desde el principio hasta la venta final del paquete.
La cuestión es con menos de un año solo compre 58 acciones y la cantidad de derechos comprados para redondear acciones y alguna mas suelta para aprovechar la compra de menos de 20 € equivale a 9,69 acciones, pero toda la que me corresponde por el scrip dividen que se han suscrito hace menos de un año pero son de acciones que tenia de antes.
No se si se entiende algo de lo que explico, pero tengo un lio en la cabeza que no me aclaro
Con el programa padre ya tengo casi todo controlado, pero con el tema de plusvalías no me aclaro, a ver si me podéis ayudar.
el día 24/09/2013 vendí un paquete de acciones de Santander y menos comisiones el total fue de 11.978,41 €. Todo este paquete en compra de acciones y derechos y restando venta de derechos teniendo en cuenta todas las comisiones de compra/venta son 11.794,96 €, por lo tanto tengo un plusvalía de 183,45 €
La pregunta es, donde tengo que reflejar esto y como, teniendo en cuenta que unas acciones las tenia mas de un año y otras menos de un año.
Pongo a continuación todas las operaciones realizadas con este paquete de acciones de compra/venta de acciones y derechos desde el principio hasta la venta final del paquete.
La cuestión es con menos de un año solo compre 58 acciones y la cantidad de derechos comprados para redondear acciones y alguna mas suelta para aprovechar la compra de menos de 20 € equivale a 9,69 acciones, pero toda la que me corresponde por el scrip dividen que se han suscrito hace menos de un año pero son de acciones que tenia de antes.
No se si se entiende algo de lo que explico, pero tengo un lio en la cabeza que no me aclaro
Muchas gracias de antemano.
Saludos.
Hola
Compraste 250acc, luego 1300acc, luego hubo una ampliación (supongo que fue la primera desde la compra de las primeras acciones) en la que vendiste todos los derechos, por tanto no recibiste acciones nuevas.
Luego en la siguiente ampliación compraste 106 derechos a mayores de los que ya tenías. La ampliación de esa fecha suponía una acción nueva por cada 24 derechos. Como tenías 1550 acciones y 106 derechos, suman un total de 1656 derechos que al dividirlos entre 24 da una cifra redonda de 69 acciones nuevas. En total pasas a tener 1619 acciones.
Luego el 25-6-2012 compraste 62 acciones nuevas. El 12-7-2012 compraste otra vez 62 acciones. En total tienes 1743 acciones.
Luego el 16-7-2012 compraste 177 derechos. En esa ampliación el canje era de 32 derechos 1 acción. Como tú tenías 1743 acciones y 177 derechos, suman en total 1920 derechos, que al dividirlos entre 32 da exactamente 60 acciones nuevas. En total pasas a tener 1803 acciones.
Hasta aquí, todas estas acciones tienen una fecha superior a un año respecto a la venta. Es decir, las 1803 acciones más las nuevas que les correspondan en las siguientes ampliaciones no tributarán en la base imponible general. Les corresponde la base imponible del ahorro.
El 26-10-2012 compraste 135 derechos. El canje de la ampliación fue de 38 derechos por una acción nueva. Los 135 derechos divididos entre 38 da un resultado de 3 acciones y 21 derechos sobrantes. Como tenías 1803 acciones de antes, al dividirlas entre 38 da un resultado de 47 acciones nuevas y te sobran 17 derechos. Las 47 acciones nuevas pasan a tener la fecha de las compras anteriores al 26-10-2012 (no voy a calcular las divisiones de las compras anteriores a la del 26-10-2012 porque a hacienda le es indiferente) y las acciones que corresponden a los 135 derechos comprados el 26-10-2012 pasan a tener esa fecha de adquisición. Sobre los derechos sobrantes, como 21 son más que 17, pasan todos a sumar 1 acción de la compra del 26-10-2012.
Hasta aquí pasas a tener 1850 acciones de más de un año y 4 de menos de un año respecto a la fecha de venta.
El 15-1-2013 compraste 114 derechos. El canje de la ampliación era de 41 derechos por 1 acción nueva. Los 114 derechos más las 4 acciones que ya tenías suman 118 derechos que al dividirlos entre 41 da un resultado de 2 acciones nuevas y 36 derechos sobrantes (que se convertirán en 1 acción sumando los derechos sobrantes del otro grupo de acciones). De las 1850 acciones de más de 1 año, al dividirlo entre 41 da un resultado de 45 acciones nuevas y 5 derechos sobrantes.
Hasta aquí pasas a tener 1895 acciones de más de 1 año y 7 de menos de 1 año (4+2+1) respecto a la fecha de venta.
Luego compraste 58 acciones el 28-3-2013 que sumando las 7 que ya tenías suman 65 acciones de menos de un año (respecto a la fecha futura de venta).
El 12-4-2013 compraste 114 derechos, que sumados a las 65 acciones que ya tenías suman un total de 179 derechos. EL canje de la ampliación es de 34 derechos para 1 acciones nueva. Los 179 derechos divididos entre 34 da un resultado de 5 acciones y 9 derechos sobrantes. Las 1895 acciones del otro grupo da un resultado de 55 acciones y 25 derechos sobrantes. Los 9 derechos sobrantes del grupo de 65 acciones pasan a sumar 1 acción al grupo de 1895 acciones porque disponen de más derechos sobrantes.
En la siguiente ampliación vendiste derechos, por tanto no hay acciones nuevas. El total de acciones queda formado por 70 acciones (65+5) de menos de un año y 1951 acciones (1895+55+1) de más de un año respecto a la venta.
Un saludo
EDITO: Borré los datos de las plusvalías debido a que lo calculé mal, en los siguientes mensajes se indica.
Editado por última vez por Migl; 23 abr 2014, 10:56, 10:56:02.
Muchísimas gracias Migl.
Espectacular la explicación, ya lo he repasado y todo parece perfecto, el plusvalía es lo que no me cuadra, porque según mis cálculos es 183,46 en total y lo que tu pones es 34,81€ y 127,04€. total 161.85, pero esto es lo de menos, luego lo repaso de nuevo y seguro que saldrá la diferencia por algún lado.
Ya preguntare alguna cosa mas, muchas gracias.
Muchísimas gracias Migl.
Espectacular la explicación, ya lo he repasado y todo parece perfecto, el plusvalía es lo que no me cuadra, porque según mis cálculos es 183,46 en total y lo que tu pones es 34,81€ y 127,04€. total 161.85, pero esto es lo de menos, luego lo repaso de nuevo y seguro que saldrá la diferencia por algún lado.
Ya preguntare alguna cosa mas, muchas gracias.
Saludos.
Hola
Cuando localices el error coméntalo para salir de dudas y corregir mi post.
Hola!
En el ejercicio del 2012 refleje unas minusvalías por venta de acciones. Si se supone que esas minusvalías sirven para compensar las plusvalías en los siguientes ejercicios. ¿Debo reflejar en la declaración de este ejercicio 2013 las perdidas que ya reflejé en el ejercicio anterior? ¿O es algo que ya automáticamente se tiene en cuenta en la declaración de este año?
Si lo tuviese que reflejar, ¿en que apartado lo haría?.
PD: Aclarar que las plusvalías se han generado con mas de un año, pero las minusvalías del ejercicio del 2012 se generaron en menos de un año.
Cuando localices el error coméntalo para salir de dudas y corregir mi post.
Un saludo
Migl de nuevo te lo agradezco, me has traído la luz.
Te resumo mis cuentas, acciones vendidas con mas de un año 1951, coste total 11436,08, vendidas por 11563,52 y plusvalía de 127,43.
Acciones vendidas con menos de un año 70, coste total 358,87, vendidas por 414.89 y plusvalía de 56.02.
Total acciones 2021.
Precio total de compra 11794,96 €
Precio total de venta 11978,41 €
Plusvalía total 183,45 €
Una duda que tengo es que el coste de esos picos para completar la acción que pasa a las de mas de un año o menos de un año, no hemos calculado su coste y separado a un lado o el otro, te aclaro un poco, el importe de todos los derechos comprados con menos de un año están calculados como tal, aun que alguno de estos derechos han servido para completar una acción que ha pasado al lado de las que tienen mas de un años, ¿esto no pasa nada o como tendría que hacerlo?
Otra pregunta, en el caso de que esto ya este bien, donde tendría que introducir estos datos en la declaración de la renta.
Una duda que tengo es que el coste de esos picos para completar la acción que pasa a las de mas de un año o menos de un año, no hemos calculado su coste y separado a un lado o el otro, te aclaro un poco, el importe de todos los derechos comprados con menos de un año están calculados como tal, aun que alguno de estos derechos han servido para completar una acción que ha pasado al lado de las que tienen mas de un años, ¿esto no pasa nada o como tendría que hacerlo?
Hola
Pues no me di cuenta de eso. Supongo que se debería de pasar el coste de los derechos sobrantes (en caso de que sean comprados en esa ampliación) al balance del otro grupo, pero puede que por hacer eso no respetamos la norma FIFO.
El forero Lunatico, de Rankia, comentó en alguna ocasión que le hicieron varias revisiones de la declaración por sus operaciones de bolsa (tiene Zardoya Otis en su cartera desde el 82) y que si llevas toda la documentación bien clara y has hecho como dicen las normas, que no hay problemas. Si hacienda no ve intención de fraude sólo corregirá los errores que vean. Y en este caso, con importes mínimos (estamos hablando de derechos de acciones), no creo que se metan.
Hay que aplicar la norma Fifo (las primeras que se compran son las primeras que se venden), con los derechos es de suponer que es lo mismo. Las acciones generadas por los derechos de acciones pasan a tener la fecha de las acciones que generaron los derechos, y los derechos comprados en una ampliación crean acciones nuevas con la fecha de compra de esos derechos. Y si son acciones con derechos mezclados , es decir, con derechos comprados y con derechos procedentes de las acciones, pues será un poco de libre interpretación. Pero vamos, que no verán indicio de fraude.
Otra pregunta, en el caso de que esto ya este bien, donde tendría que introducir estos datos en la declaración de la renta.
Las operaciones con menos de un año van en la página 9 (III), en la casilla 252 pones el nombre de la empresa o "varios". En el anexo de la casilla 253 pones el importe de compra y el de venta, ya calculados con las comisiones.
Las operaciones con más de un año van en la página 10 (II), en la casilla 295 va el nombre, en el anexo de la casilla 296 van los importes de compra y venta de cada operación. Si son del mismo valor puedes agruparlas.
Si necesitas más casillas para las operaciones, pulsa arriba donde pone "alta entidad emisora".
Ahora ando liado, a ver si mañana tengo tiempo y pregunto en Rankia lo de los derechos sobrantes mezclados por fechas. Seguro que Lunatico o Empty saben como se debe de hacer.
Hola!
En el ejercicio del 2012 refleje unas minusvalías por venta de acciones. Si se supone que esas minusvalías sirven para compensar las plusvalías en los siguientes ejercicios. ¿Debo reflejar en la declaración de este ejercicio 2013 las perdidas que ya reflejé en el ejercicio anterior? ¿O es algo que ya automáticamente se tiene en cuenta en la declaración de este año?
Si lo tuviese que reflejar, ¿en que apartado lo haría?.
PD: Aclarar que las plusvalías se han generado con mas de un año, pero las minusvalías del ejercicio del 2012 se generaron en menos de un año.
Un saludo y muchas gracias!!
Hola
Las minusvalías generadas en años anteriores a 2013 sólo se pueden compensar con plusvalías de 2013 generadas en más de un año. Da igual que sean minusvalías generadas en más de un año o inferiores a un año.
Van en la página 11 (V) en el anexo de la casilla 369. Ahí pones el importe total de las minusvalías , ya calculadas con las comisiones. Luego el programa padre ya se encarga de aplicar el importe máximo que corresponda, es decir, si la minusvalía es superior a la plusvalía, aparecerá el importe de la plusvalía en la casilla 369.
En caso de que sobren minusvalías, tienes que llevar tú el control, es decir, tienes que acordarte en 2014 de volver a incluir las minusvalías.
Las minusvalías generadas en años anteriores a 2013 sólo se pueden compensar con plusvalías de 2013 generadas en más de un año. Da igual que sean minusvalías generadas en más de un año o inferiores a un año.
Van en la página 11 (V) en el anexo de la casilla 369. Ahí pones el importe total de las minusvalías , ya calculadas con las comisiones. Luego el programa padre ya se encarga de aplicar el importe máximo que corresponda, es decir, si la minusvalía es superior a la plusvalía, aparecerá el importe de la plusvalía en la casilla 369.
En caso de que sobren minusvalías, tienes que llevar tú el control, es decir, tienes que acordarte en 2014 de volver a incluir las minusvalías.
Saludos
Muchas gracias Migl.
Puesto que las plusvalías de este año han sido superiores a las minusvalías generadas el año pasado ya no será necesario contar con ellas en la siguiente declaración.
Las minusvalías generadas en años anteriores a 2013 sólo se pueden compensar con plusvalías de 2013 generadas en más de un año. Da igual que sean minusvalías generadas en más de un año o inferiores a un año.
Saludos
Hola,
No acabo de verlo claro ¿significa que si tengo plusvalías en 2013 (conseguidas en menos de un año) NO PUEDO compensarlas con minusvalías anteriores (sufridas también en menos de un año)?
Muchas gracias
Saludos
Edito y me autorespondo: NO PUEDO. Lo he consultado en la web de Hacienda y los 1000 que perdí en una semana de trading fallido hace tres años no se pueden compensar con lo que gané el año pasado, aunque tanto la pérdida del 2011 como la ganancia de 2013 se hayan generado en menos de un año.
Nos ha jodido mayo con las flores... 400 € más que me sablea el Sr. Montoro.
Editado por última vez por Gonzalor; 20 abr 2014, 16:15, 16:15:24.
Llevo todo el fin de semana liado con esto y me siguen surgiendo dudas.
1. La cuenta de valores tiene dos titulares, mi mujer y yo (aclarar que estamos en bienes gananciales). En el momento de declarar las plusvalías y minusvalías ¿debo reflejarlas en las dos declaraciones? No quiero que me retengan dos veces por la misma plusvalía. Los dividendos si tengo claro que los parte al 50% entre los dos titulares pero las plusvalías generadas no me queda claro.
2. Cuando se copian los datos a la declaración del cónyuge. El programa Padre me ha pedido en varias ocasiones permiso para pasar los datos insertados a la declaración del cónyuge pero cuando abro esta ningún dato ha sido traspasado. ¿Cual es el motivo para que no se estén traspasando?
Muchas gracias de nuevo.
Editado por última vez por guido; 20 abr 2014, 18:02, 18:02:04.
En la declaración de 2010 hubo algunas minusvalías que incluí en la declaración pero que no desconté de las plusvalías, ya que por error no interpreté correctamente la regla de los 2 meses. ¿Como puedo compensar esas pérdidas? ¿Debo presentar una corrección de la declaración de 2010 o puedo incluirlas en la declaración de 2013 aunque esas ventas ya aparecieran en su día en la de 2010? En 2010 tuve plusvalías para compensar. En la de 2013 tengo algunas de inversiones de menos de un año, y algunas de más de un año (estas últimas creo que son menos que las minusvalías pendientes).
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