DDFFLL.
Yo no estoy valorando CPL por mis cálculos, me baso en los hechos, en la operación de la venta de Giant y en la ley de OPAs.
La venta del 55% de Giant valora a esa filial en 400M$. Esto es un hecho, es lo que se ha pagado, no lo digo yo, es lo que ha pagado Elementia por Giant:
El precio que Elementia pagará supone valorar el 100% de Giant en 400 millones de dólares (unos 367 millones de euros)
http://cincodias.com/cincodias/2016/...80_201243.html
Y la venta de una filial en un periodo de OPA de exclusión es una transacción de mercado real que la CNMV debería tener en cuenta para la OPA ya que es una transacción comparable, según la ley de OPAs.
"El precio debe explicarse claramente en el folleto explicativo y no puede ser inferior al que resulte de tener en cuenta los siguientes criterios:
- Valor teórico contable de la Sociedad.
- Valor liquidativo de la Sociedad.
- Cotización media durante el semestre previo a la solicitud de exclusión.
- Precio de una OPA anterior, en su caso, formulada en el último año.
- Otros métodos de valoración como descuento de flujos de caja, múltiplos de compañías y transacciones comparables, etc."
Eso es lo que yo veo, no son cálculos míos, es lo que ha pagado Elementia por Giant.
Por supuesto si alguien ve algo que yo no estoy viendo que lo comente.
Yo no estoy valorando CPL por mis cálculos, me baso en los hechos, en la operación de la venta de Giant y en la ley de OPAs.
La venta del 55% de Giant valora a esa filial en 400M$. Esto es un hecho, es lo que se ha pagado, no lo digo yo, es lo que ha pagado Elementia por Giant:
El precio que Elementia pagará supone valorar el 100% de Giant en 400 millones de dólares (unos 367 millones de euros)
http://cincodias.com/cincodias/2016/...80_201243.html
Y la venta de una filial en un periodo de OPA de exclusión es una transacción de mercado real que la CNMV debería tener en cuenta para la OPA ya que es una transacción comparable, según la ley de OPAs.
"El precio debe explicarse claramente en el folleto explicativo y no puede ser inferior al que resulte de tener en cuenta los siguientes criterios:
- Valor teórico contable de la Sociedad.
- Valor liquidativo de la Sociedad.
- Cotización media durante el semestre previo a la solicitud de exclusión.
- Precio de una OPA anterior, en su caso, formulada en el último año.
- Otros métodos de valoración como descuento de flujos de caja, múltiplos de compañías y transacciones comparables, etc."
Eso es lo que yo veo, no son cálculos míos, es lo que ha pagado Elementia por Giant.
Por supuesto si alguien ve algo que yo no estoy viendo que lo comente.
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