Libros


Busca todo lo que quieras en Invertirenbolsa.info con este buscador personalizado de Google:
Búsqueda personalizada

Anuncio

Colapsar
No hay anuncio todavía.

nuevo sistema de compensacion, registro y liquidacion

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • #81
    buenas

    Os comunico que acabo de recibir el certificado de posición por parte de ING. Después de 7 días desde la solicitud.

    Saludos

    Comentario


    • #82
      Originalmente publicado por xuanxo Ver Mensaje
      buenas

      Os comunico que acabo de recibir el certificado de posición por parte de ING. Después de 7 días desde la solicitud.

      Saludos
      Enhorabuena, porque yo lo solicité hace más de mes y medio y aún sigo esperando...Y eso que ya les llamé para reclamar y se supone que hicieron de nuevo el envío.

      Esta tarde les vuelvo a llamar para quejarme...

      Un saludo y gracias por la actualización!
      Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

      Blog: Invirtiendo Poco a Poco
      Twitter: @invirtiendopap

      Comentario


      • #83
        Seguro que ha habido algún error, porque suelen ser bastante eficientes para estas cosas....

        saludos

        Comentario


        • #84
          Originalmente publicado por xuanxo Ver Mensaje
          Seguro que ha habido algún error, porque suelen ser bastante eficientes para estas cosas....

          saludos
          Lo curioso es que la semana pasada recibí una carta de ING y supuse que era el certificado. Cuando la abrí resultó que era la notificación del cambio de dirección (cambio que se produjo cuando solicité dicho certificado), por lo que la dirección la tienen bien, ya que si no, está carta no me hubiera llegado.

          Lo dicho, me van a oír esta tarde.

          Un saludo y gracias xuanxo!
          Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

          Blog: Invirtiendo Poco a Poco
          Twitter: @invirtiendopap

          Comentario


          • #85
            Acabo de recibir un comunicado de uno de mis brokers (Ahorro.com) referente a Comunicación Reforma de Compensación y Liquidación de Valores en el que se dice que

            Por medio de la presente le remitimos documento informativo sobre los niveles de protección asociados a las diferentes cuentas que Ahorro Corporación Financiera, S.V., S.A. (en adelante, “ACF”) ofrece a sus Clientes en BME CLEARING (entidad de contrapartida central) para la operativa en: (i) Renta Variable Española (Segmento de Renta Variable de BME CLEARING) y (ii) Derivados Financieros (negociados en MEFF Exchange); así como en el Depósito Central de Valores (“IBERCLEAR”).


            A este respecto, ACF en su condición de miembro compensador de BME CLEARING y entidad participante en IBERCLEAR, ofrece a sus Clientes las siguientes cuentas en función del tipo de operación contratada:

            - Renta Variable española (segmento de Renta Variable de BME Clearing):
            Cuenta de Clientes con Segregación General (cuenta ómnibus)
            - Derivados financieros negociados en MEFF Exchange: Cuenta de Cliente Individual.
            - IBERCLEAR (para la liquidación de las operaciones del Segmento de Renta Variable): Cuenta General de Terceros (cuenta ómnibus).

            Los costes de los referidos tipos de cuentas se encuentran enmarcados dentro de las tarifas que ACF aplica a sus Clientes por la ejecución y liquidación, no suponiendo un coste adicional. El Cliente podrá solicitar el cambio del tipo de cuenta, el cual conllevará un coste adicional, y la posibilidad de que ACF no cuente con los medios técnicos necesarios para poder proporcionársela, teniendo el Cliente la posibilidad de resolver su relación con ACF a este respecto.

            Pero lo que más llama la atención es lo siguiente:


            ACF advierte expresamente al Cliente que la utilización de cuentas globales de terceros puede conllevar la restricción temporal en la disponibilidad, el deterioro del valor, e incluso la pérdida de los instrumentos financieros propiedad del cliente o de los derechos derivados de esos instrumentos financieros como consecuencia de los riesgos específicos, legales y operacionales. Asimismo, se pone en conocimiento del Cliente la posible existencia de riesgo de insolvencia de las citadas entidades, circunstancia que pudiera dar lugar a circunstancias que comprometan la integridad de los depósitos de Valores o efectivo constituidos por cuenta del Cliente, sin que ello sea imputable en modo alguno a ACF o quepa reclamación alguna frente a ésta a tal respecto. Sin perjuicio de lo anterior, ACF asistirá al Cliente en las eventuales acciones, judiciales, extrajudiciales o administrativas que éste pudiera iniciar en el supuesto de que se hubiera visto comprometida la integridad de los referidos depósitos.



            ¿Alguno habéis recibido alguna otra carta de vuestro broker en este sentido?. Yo de momento de ING no he recibido nada por lo que entiendo que seguirán usando cuentas nominativas



            Mi proyecto de futuro

            Mi cartera

            Comentario


            • #86
              muchas gracias por publicarla.

              Yo tampoco he recibido nada de ING, pero este es un cambio que afectará a todos los brokers, así que entiendo que cuando la ley salga adelante nos lo comunicarán

              A mi me sorprende que se haga esto y luego te advierten de los riesgos y se quedan tan anchos. Las cuenats nominativas siempre las habia visto como algo que me daba tranquilidad

              A ver si se pasa por aquí Gregorio y nos comenta que le parece a él este cambio de forma general a cuentas globales (omnibus) y si cree que hay alternativas a ellas y que sean viables económicamente (ya que algun forero ha puesto os costes y basciamente lo que nos vienen a decir es "no te ofrezco la nominativa")
              El Inicio del Camino

              Si quieres agradecer a Gregorio su labor pulsa aqui

              Comentario


              • #87
                Originalmente publicado por posum Ver Mensaje
                Fowin, no dejes que esto te mine la moral.

                Pasar a omnibús no es el fin del mundo.

                Y si repasas este y otros hilos relacionados verás que hay debate sobre si las omnibús son realmente menos seguras que las nominativas. El peor caso es que el bróker pierda tus acciones y de eso no protegen ni nominativas ni omnibús.

                Si tuvieras todo el dinero líquido en cuentas también estarías preocupado, por otras cosas.
                Lo mismo si inviertes en una casa.

                La mano nos la meten en el bolsillo de una manera o de otra.
                buenas, en mi opinión son menos seguras porque hay un riesgo mas. En las nominativas tienen tu nombre en el registro central en las Omnibus no.

                Así que hay posibilidades de una diferencia en el conteo entre las que tiene tu custodio Omnibus y las que registra el registro central.

                claro, el custodio puede ser serio y solvente y eficiente y todo lo que queramos, pero hay un riesgo que antes no había. Así que son mas arriesgadas.

                si a eso le sumas que como son globales, el custodio, que en realidad están a su nombre, puede tener la tentación de alquilar, así que igual el saldo total de acciones que tiene igual es menor en algún momento de la suma de todos sus clientes.

                ese riesgo, infinitamente pequeño, seguro, pero esta ahí. Entonces:

                1.- riesgo por diferencias entre el custodio Omnibus e iberclear.
                2.- riesgo de que puedan comerciar con 'tus acciones'.
                etc.

                estupendo que si demuestras que tenias 100 acciones son tuyas. Pero si el broker tiene diez clientes con 10 acciones, y en el momento de quiebra solo tiene en posesión 90, faltan diez. Que dirá el registro central? Le quitamos diez acciones a otro español para dárselos a estos pobres que tuvieron mala suerte con su broker?

                Comentario


                • #88
                  Hola.
                  Acabo de hablar con "Iberclear" y me dicen que los cambios en el registro afectan de otra forma. Que las cuentas que son nominativas seguiran siéndolo. Pero no me quedó claro en que consistirán los cambios.
                  Telf. Iberclear/registro: 917095242 por si alguien lo entiende mejor.
                  Un saludo.

                  Comentario


                  • #89
                    Muchas gracias aforro
                    Pero me extraña esa respuesta por parte de Iberclear,cuando en las cartas que estan enviando los brokers aparece textualmente 'cuentas omnibus'
                    MI CARTERA



                    Si quieres agradecer a Gregorio su labor pulsa aqui

                    Comentario


                    • #90
                      Originalmente publicado por Tamaki Ver Mensaje
                      Muchas gracias aforro
                      Pero me extraña esa respuesta por parte de Iberclear,cuando en las cartas que estan enviando los brokers aparece textualmente 'cuentas omnibus'
                      Hola,
                      a mi también me extraña, despues de todo lo que he leido sobre el tema. Es lo que me han dicho, al menos lo que he entendido.
                      Saludos

                      Comentario


                      • #91
                        En Gaesco me han dicho textualmente,

                        a. las cuentas nominativas pasan a ser omnibús a finales de abril,
                        b. siendo puristas, las nuevas cuentas no serán exactamente omnibús.

                        Creo que para entenderlo habrá que esperar a abril y buscar en BME Clearing la documentación sobre la cadena de custodia.



                        Originalmente publicado por aforro Ver Mensaje
                        Hola,
                        a mi también me extraña, despues de todo lo que he leido sobre el tema. Es lo que me han dicho, al menos lo que he entendido.
                        Saludos

                        Comentario


                        • #92
                          yoe yo también veo menos riesgo en las nominativas por supuesto.

                          Pero sólo de manera intuitiva, no lo puedo justificar con hechos.

                          Quiero decir que me parece que muchos de nosotros hemos dado por hecho una serie de supuestos acerca del funcionamiento de las cuentas nominativas vs. omnibús. Pero estos supuestos pueden no ser ciertos, dado que no conocemos a fondo cómo funciona la cadena de custodia.

                          Un compañero, creo que bmadoff, decía que la que llamábamos cuentas nominativas ni siquieran eran nominativas de verdad.

                          Mencionabas por ejemplo el riesgo de que con una cuenta global el broker alquile tus acciones.
                          Selfbank tiene cuentas nominativas para valores nacionales y sin embargo permite alquilar las acciones
                          ¿Cómo funciona esto?

                          En ING/Renta 4 preguntas sobre quién tiene qué responsabilidades y no saben (o no quieren) explicarlo.
                          En BME te dicen que la cadena de custodia no es algo trivial.

                          Etc.

                          Si la diferencia entre nominativa e omnibús fuese tan clara ¿por qué estamos todo el tiempo barajando hipótesis y llamando a puertas donde no saben darnos una respuesta?



                          Originalmente publicado por yoe Ver Mensaje
                          buenas, en mi opinión son menos seguras porque hay un riesgo mas. En las nominativas tienen tu nombre en el registro central en las Omnibus no.

                          Así que hay posibilidades de una diferencia en el conteo entre las que tiene tu custodio Omnibus y las que registra el registro central.

                          claro, el custodio puede ser serio y solvente y eficiente y todo lo que queramos, pero hay un riesgo que antes no había. Así que son mas arriesgadas.

                          si a eso le sumas que como son globales, el custodio, que en realidad están a su nombre, puede tener la tentación de alquilar, así que igual el saldo total de acciones que tiene igual es menor en algún momento de la suma de todos sus clientes.

                          ese riesgo, infinitamente pequeño, seguro, pero esta ahí. Entonces:

                          1.- riesgo por diferencias entre el custodio Omnibus e iberclear.
                          2.- riesgo de que puedan comerciar con 'tus acciones'.
                          etc.

                          estupendo que si demuestras que tenias 100 acciones son tuyas. Pero si el broker tiene diez clientes con 10 acciones, y en el momento de quiebra solo tiene en posesión 90, faltan diez. Que dirá el registro central? Le quitamos diez acciones a otro español para dárselos a estos pobres que tuvieron mala suerte con su broker?
                          Editado por última vez por posum; 09 mar 2016, 12:19, 12:19:11.

                          Comentario


                          • #93
                            Originalmente publicado por posum Ver Mensaje
                            yoe yo también veo menos riesgo en las nominativas por supuesto.

                            Pero sólo de manera intuitiva, no lo puedo justificar con hechos.

                            Quiero decir que me parece que muchos de nosotros hemos dado por hecho una serie de supuestos acerca del funcionamiento de las cuentas nominativas vs. omnibús. Pero estos supuestos pueden no ser ciertos, dado que no conocemos a fondo cómo funciona la cadena de custodia.

                            Un compañero, creo que bmadoff, decía que la que llamábamos cuentas nominativas ni siquieran eran nominativas de verdad.

                            Mencionabas por ejemplo el riesgo de que con una cuenta global el broker alquile tus acciones.
                            Selfbank tiene cuentas nominativas para valores nacionales y sin embargo permite alquilar las acciones
                            ¿Cómo funciona esto?

                            En ING/Renta 4 preguntas sobre quién tiene qué responsabilidades y no saben (o no quieren) explicarlo.
                            En BME te dicen que la cadena de custodia no es algo trivial.

                            Etc.

                            Si la diferencia entre nominativa e omnibús fuese tan clara ¿por qué estamos todo el tiempo barajando hipótesis y llamando a puertas donde no saben darnos una respuesta?
                            discupa, se me olvido contestar. Fíjate que en los contratos de omnibus te informan de estos riesgos. ¿Para que te informarían de un riesgo que no es real?

                            es real que puede haber diferencias de conteo. De hecho las omnibus abaratan costes que yo sepa.

                            Comentario


                            • #94
                              Creo que hay que diferenciar entre que haya más riesgo y la probabilidad de que se de ese riesgo. El mayor riesgo existe, si no, no informarían de ello.

                              Ahora podemos mos ir a valorar si es mas probable o menos, y ahí entramos en que podemos hacer nosotros para minorarlo.

                              yo me siento más cómodo recibiendo las cartas de mis empresas y sabiendo que en todos lados constan a mi nombre, que no pagando a alguien que reza como 'dueño' en el registro central.

                              seguramente es muy improbable, pero el crack de la vivienda en 2007 era altamente improbable. 30 años de tranquilidad y 1 día para el desastre.

                              eso no quita que tenga valores omnibus, para extranjeros, o que no esté interesado en diversificar brokers aun en cuentas nominativas. Todos tienen riesgos, pero es claro que riesgo omnibus mayor que riesgo nominativa.

                              Comentario


                              • #95
                                Reforma del mercado de valores
                                23/03/2016
                                Dividendos, cuentas ómnibus… el 27 de abril cambian las tripas del parqué español. Si su bróker le ha informado de forma farragosa, sepa en qué le afecta.
                                Cuando usted cursa una orden de compra de acciones españolas, una vez que se casa en Bolsa con otra de venta, la operación se considera realizada en firme. Usted es ya su propietario a todos los efectos y las acciones estarán a su disposición desde ese mismo momento. Así p.ej., podrá utilizarlas como garantía de un préstamo o cobrar su dividendo.
                                · De lo que quizá no sea consciente es que su bróker (intermediario) no ha recibido todavía dichas acciones, pero ya está obligado, sí o sí, a entregárselas junto a todo lo que ocurra durante los siguientes tres días. En efecto, sólo tres días más tarde es cuando se produce un proceso de compensación y liquidación en el que los dos brókers – el del comprador y el del vendedor – intercambian las acciones por el dinero. Un proceso en el que todas las compraventas, una por una, están identificadas inequívocamente a través de referencias de registro y las acciones van a parar a la cuenta individualizada de cada cliente. Pues bien, este sistema, propio de la operativa española, va a sufrir un profundo cambio con la excusa de una homogeneización europea.
                                Nuevo sistema
                                Si ningún nuevo retraso lo impide, a partir del 27 de abril las relaciones entre el bróker del comprador y el del vendedor dejarán de realizarse, y con ellas las transacciones individualizadas.
                                · Aparece un nuevo intermediario entre ambos, la Unidad de Contrapartida Central (UCC), gestionada por BME Clearing, de forma que será esta entidad la que a todos los efectos le compre al bróker del vendedor y luego le venda al del comprador las acciones al precio que ellos hayan pactado, agrupando las transacciones por bloques que englobarán las compraventas de muchos inversores. Un proceso que seguirá realizándose en tres días y, según está previsto, se acortará a dos en junio.
                                Tres días en el limbo
                                La desventaja para el usuario es que si hasta ahora todo estaba claro tras casarse la operación en Bolsa, en el futuro la operación no se considerará realizada en firme hasta tres días más tarde cuando el bróker del vendedor entregue a la UCC las acciones y ésta se las entregue al suyo. La situación del comprador se encuentra en un limbo durante esos tres días.
                                · Su bróker ya no está obligado a entregarle las acciones que usted compre. Podría incluso, en casos que esperemos sean excepcionales, terminar cancelándose la compra si el bróker del vendedor no cumple entregando las acciones, bastando en dicho caso con que le devuelva su dinero.
                                · Además, hasta que la compra no se considere realizada en firme, tanto los derechos políticos (asistencia y votación en Juntas) como los económicos (cobro de dividendos, derechos de suscripción en ampliaciones…), pertenecen al propietario registrado, es decir, al anterior aunque ya las haya vendido. Por ello, para salvar ese limbo que se crea con el nuevo sistema, se estandarizan las normas que son comunes en otras bolsas: se establece una fecha de registro previa en la que hay que ser accionista para poder beneficiarse de los mismos.
                                · Así p.ej., para cobrar el dividendo de una acción española se deberá haber comprado las acciones al menos tres días antes de su pago. Algo a lo que ya estarán acostumbrados aquellos que inviertan en otras Bolsas donde este sistema es habitual e incluso con plazos mucho más largos.
                                ¿Acciones a su nombre?
                                Otro cambio importante supone que la UCC le entregará las acciones que compre a su bróker y no a usted, generalizándose la utilización de cuentas generales de terceros denominadas en la jerga financiera como cuentas ómnibus o cuentas de segregación general (OSA).
                                · Es lo que se conoce como un sistema de doble escalón. En el registro central será su bróker quien aparecerá con esta cuenta ómnibus como único titular de las acciones de todos sus clientes de forma agrupada, y luego será este quien de forma interna tenga un registro del detalle de quién es el verdadero propietario de las mismas.
                                · Su cuenta de valores, si no lo ha sido ya, se transformará por defecto en una cuenta de este tipo. Ahora bien, su bróker debería dejarle elegir si desea trabajar con una de estas cuentas ómnibus o prefiere ser usted quien aparezca en el Registro Central a través de una cuenta de segregación individualiza (OSI). Con estas cuentas OSI su bróker seguirá apareciendo en el registro central como titular, pero junto a usted y sus saldos no pueden compensarse con los de otros clientes como sí ocurre en las ómnibus.
                                · Si bien ante una insolvencia de su bróker ni a unos clientes ni a otros les devolverían las acciones sino que se pondrían a disposición del administrador concursal para que proceda a su reparto, en las OSI al estar diferenciadas a su nombre el administrador concursal debería poner menos problemas para aceptar un traspaso a otro bróker, mientras que de las ómnibus se repartirá lo que haya, sin poder descartar una quiebra fraudulenta en la que no se encuentre todo lo que debiera.
                                OSI, OSA: ¿por cuál optar?
                                Por mucho que le digan, la seguridad no es igual cuando algo está registrado a su nombre y por tanto sólo responde de lo que usted haga, que cuando se mezcla con lo de otros. Así pues, optar por una cuenta OSI (individualizada) es la mejor decisión si no fuera porque la diferencia de costes que cargarán a unas y otras puede ser desorbitada. Las cuentas OSI parecen diseñadas para clientes institucionales cuyos saldos no estén protegidos por el Fondo de Garantía de Depósitos ni por el de Inversores, y estén por ello dispuestos a asumir dicho sobrecoste.
                                También hay buenas nuevas
                                Esta reforma trae alguna buena nueva, como la obligación que tendrán las empresas cotizadas de informar sobre cualquier tipo de remuneración a sus accionistas con al menos dos meses de antelación.
                                · A los accionistas de Bolsas y Mercados Españoles, matriz de BME Clearing, la reforma también les resultará positiva. Gracias al cambio, aumentarán sus ingresos ya que la UCC se llevará comisiones por tal labor, unos cánones bursátiles que mucho nos tememos terminarán cargándose a los inversores. Además, al contar con sistemas de post-contratación homogéneos con los del resto de Europa y EE.UU. se derriban barreras que dificultaban su fusión con otras Bolsas. Vea aquí la ficha detallada de la acción de Bolsas y Mercados Españoles.

                                Comentario


                                • #96
                                  Muchas gracias, packor. Queda claro, al menos un par de cosas: preparamos la fusión, y a los pequeñitos nos van a dar por el saco en forma de más comisiones y pérdida de derechos.

                                  luego, si quiebra alguno y los afectados se quedan en pelotas, nos echamos las manos a la cabeza y los políticos anuncian medidas para cambiar el perverso sistema financiero, y eso...

                                  salud
                                  La Experiencia es eso que tienes cuando ya no te hace falta.
                                  “Que todo aquel que se sienta con inteligencia, capacidad y arrestos mejore nuestra obra.”

                                  Comentario


                                  • #97
                                    Pues ojo también con los chiringuitos financieros que seguro van a aparecer. Me constituyo como bróker, me hago con una cartera de clientes, me quedo con todas las acciones, quiebro la empresa y que venga el maestro armero a reclamarme. Ya me habré preparado el tinglado para declararme insolvente, y a por otro negocio.

                                    Cuando salte un pufo de estos, entonces intervendrán los políticos. Cómo no. Y se echarán las culpas unos a otros. Se creará una asociación de brokers, patrocinados por supuesto por la CNMV, que crearán todo un sistema de homologaciones, garantías, fondos de reserva, etc... Todo este montaje evidentemente tendrá su oportuno coste que no habrá más remedio que repercutir al accionista, puesto que es por su bien y por su seguridad.

                                    Total, que un sistema que en teoría debería simplificar la gestión y por tanto reducir costes, se va a complicar y encarecer, reduciendo de paso la seguridad jurídica de los accionistas. Al tiempo.

                                    Comentario


                                    • #98
                                      Vaya, maldita la gracia.

                                      A todo esto, acabo de encontrar este hilo y me lo acabo de leer; ¿cual es el motivo de este cambio?¿Que mas les da, por que no dejan a cada broker que lo haga como prefiera?

                                      Saludos

                                      Comentario


                                      • #99
                                        Modificaciones mercado bursátil español

                                        Modificaciones mercado bursátil español Reforma del Sistema de Compensación , Liquidación y Registro de Iberclear - Blanca Barón Objetivo de la reforma: Esta reforma con todo su proceso, tiene el objetivo de armonizar el sistema de compensación y liquidación español con el europeo, habían/hay bastantes diferencias. El objetivo final desde Europa, es que todos los países europeos tengan el mismo| invertiryespecular.com bolsacanaria.info

                                        Comentario


                                        • Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          En caso de incumplimiento de LABORAL KUTXA la posibilidad de transferir las posiciones
                                          y garantías a otro miembro compensador es muy limitada..



                                          Aquí se explican bastante bien, pero aún así cuesta entender.
                                          Saludos.

                                          Comentario

                                          Trabajando...
                                          X
                                          😀
                                          🥰
                                          🤢
                                          😎
                                          😡
                                          👍
                                          👎